Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 27 de octubre último concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización necesaria para efectuar algunos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en los oficios números 3175 y 3180 procedentes de la Secretaría de dicha entidad.
DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas:
| Del capítulo 69, artículo 535. Para la conservación, y construcción de los puertos de Ciénaga, Ríohacha, Cerro de San Antonio, Plato y El Banco | $ | 4.000 | |
|---|---|---|---|
| Del capítulo 78, artículo 727-A para ampliación de los servicios hospitalarios en los hospitales de Salgar y Bolívar, en el Departamento de Antioquia | 20.000 | ||
| Al capítulo 69, artículo 527. Para pedir, y montar una bodega en el puerto de Caracolí y otras obras en dicho puerto | 4.000 | ||
| Al capítulo 71, artículo 612. Para los puentes en las ciudades de Bolívar y Salgar, en el Departamento de Antioquia (Ley 60 de 1938) | 20.000 | ||
| Sumas iguales | $ | 24.000 | 24.000 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, a 4 de noviembre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Obras Públicas, Abel CRUZ SANTOS | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, a 4 de noviembre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Obras Públicas, Abel CRUZ SANTOS | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, a 4 de noviembre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Obras Públicas, Abel CRUZ SANTOS | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá, a 4 de noviembre de 1939. EDUARDO SANTOS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos LLERAS RESTREPO El Ministro de Obras Públicas, Abel CRUZ SANTOS |
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