Por el cual se modifica el artículo 14 del Decreto número 105 de 1947

Rango Decreto
Publicación 1949-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confieren los artículos 132 de la Constitución Nacional y 68 del Código Político y Municipal,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del primero de agosto del año en curso, el conocimiento de los negocios sobre Bienes Ocultos del Estado corresponde al Ministerio de Minas y Petróleos.
Artículo 2° En los términos anteriores, queda modificado el artículo 14 del Decreto número 105 de 1947.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Justicia, General

Miguel SANJUAN

El Ministro de Minas y Petróleos.

José Elías del Hierro

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