Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1986-07-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º Apruébase el Acuerdo número 14 de junio 19 de 1986 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 14 DE 1986

(junio 19)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

el 26 de noviembre de 1985, recomendó solicitar al Comité Nacional de Cafeteros la destinación de mil millones de pesos ($1.000.000.000) para capitalizar el Fondo Rotatorio de Crédito Cafetero, con destino a la citada línea;

ACUERDA:

Artículo 1º Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que con recursos tomados del Fondo Nacional del Café capitalice en la suma de un mil millones de pesos ($1.000.000.000) el Fondo Rotatorio de Crédito Cafetero, con destino a fortalecer la línea "Cooperativas Consumo".

Artículo 2º Facultase a la gerencia de la Federación para reglamentar el trámite, aprobación, entrega y control de estos recursos y para realizar todos los actos que sean necesarios para cumplir estos efectos.

Artículo 3º Para la distribución de los recursos autorizados, se tendrá en cuenta el porcentaje de participación de cada comité departamental en la producción nacional de café, según el censo cafetero vigente.

Artículo 4º Sométase el presente acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Dado en Bogotá, a los diecinueve (19) días del mes de junio de mil novecientos ochenta y seis (1986).

El Presidente,

(Fdo. Alfonso Palacio Rudas.

El Secretario,

(Fdo.) Luis Carlos Villegas Echeverri».

ARTICULO 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de julio de 1986.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia.

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