Por el cual se modifica el Decreto número 672 de 1946 que señala las asignaciones y fija el personal de los Juzgados Municipales

Rango Decreto
Publicación 1946-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1° de la Ley 75 de 1945, y

CONSIDERANDO

que con posterioridad a la expedición del Decreto número 672 de 1946, se ha establecido que en algunos de los Juzgados Municipales los funcionarios devengaban en 31 de octubre de 1945 asignaciones mayores a las fijadas en el citado Decreto y que en otros se justifica la creación de ciertos empleados subalternos,

DECRETA:

Artículo 1° Los Juzgados Municipales de los lugares que a continuación se expresan, tendrán el personal y asignaciones mensuales siguientes a partir del l° de agosto del corriente año:
Herveo
Un Juez .$ 120.00
Un Secretario 60.00
Un Portero Escribiente 40.00
Manta.
Un Juez 100.00
Un Secretario 60.00
Un Portero Escribiente 40.00
Boyacá.
Un Juez 70.00
Un Secretario 40.00
Rondón
Un Juez 100.00
Un Secretario 60.00
Un Portero Escribiente 40.00
Santa Rosa de Viterbo.
Un Juez 250.00
Un Secretario 160.00
Un Escribiente 120.00
Un Portero Escribiente 80.00
Ramiriqui
Dos Jueces, a 200.00
Dos Secretarios, a. 140.00
Dos Oficiales Escribientes a 80.00
JUZGADOS DE LOS LAZARETOS
Agua de Dios.
Un Juez ..$ 200.00
Un Secretario 140.00
Un Portero Escribiente 60.00
Contratación.
Un Juez. 200.00
Un Secretario 140.00
Un Portero Escribiente 60.00
Caño de Loro.
Un Juez 100.00
Un Secretario 60.00
Artículo 2°. El personal de los Juzgados de Heryeo, Manta y Boyacá devengará las asignaciones señaladas en este Decreto desde el 1° de enero de 1946.
Artículo 3° En los términos anteriores queda modificado el Decreto número 672 de 1946.
Artículo 4° Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá-a 19 de julio de 1946.

ALBERTO LLERÁS

El Ministro de Gobierno,

Absalón FERNANDEZ DE SOTO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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