por el cual se modifica la planta de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes y Auxiliares de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 3° del Decreto-ley 1791 de 2000 y Ley 48 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 2°, literal B del Decreto 1327 del 29 de abril de 2004, en el sentido que la planta del Nivel Ejecutivo para la vigencia junio-agosto, queda constituida de la siguiente manera:
NIVEL EJECUTIVO
| Comisario | 33 |
|---|---|
| Subcomisario | 214 |
| Intendente Jefe | 159 |
| Intendente | 4.505 |
| Subintendente | 15.771 |
| Patrullero, Carabinero o Investigador | 37.226 |
| Estudiantes Escuelas de Formación del Personal del Nivel Ejecutivo | 4.500 |
| Subtotal | 62.408 |
| Total | 119.505 |
Artículo 2°. Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal desde el punto de vista presupuestal, las variaciones deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto-ley 1791 de 2000, consultando estrictamente las necesidades, para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el artículo 2°, literal B del Decreto 1327 del 29 de abril de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de junio de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional,
Jorge Alberto Uribe Echavarría.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública (E),
Carla Liliana Henao Carmona.
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