por el cual se traslada la Sección de Estadística del Ministerio de Agricultura y Comercio al Ministerio de Hacienda

Rango Decreto
Publicación 1916-12-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta;

Artículo 1° Trasládense al Ministerio de Hacienda el Jefe, el Subjefe y los dos Escribientes de la Sección 2.\ ramo de Estadística, del Ministerio de Agricultura y Comercia.
Artículo 2° El Ministro de Hacienda reglamentará la manera como deben prestar sus servicios en el Despacho a su cargo los empleados a que se refiere el artículo anterior.
Articulo 3° Por el Ministerio del Tesoro se harán en el Presupuesto de gastos las traslaciones a que dé lugar el presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de diciembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno. Miguel ABADIA MENDEZ.

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