POR EL CUAL SE SUPRIME TRANSITORIAMENTE LA JUNTA DE MEJORAS PUBLICAS DE LA INTENDENCIA DEL AMAZONAS, Y SE REFORMA EL DECRETO NUMERO 761 DE 1931 (ABRIL 28)

Rango Decreto
Publicación 1934-01-08
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confiere el artículo 30 de la ley 2ª de 1931, y

CONSIDERANDO

que por el momento no es posible reunir en la actual residencia del Intendente del Amazonas el personal que forma la Junta de Mejoras Públicas creada por el artículo 13 (sic) del Decreto número 761 (abril 28) de 1931, lo cual crea dificultades para la buena marcha de la administración pública,

DECRETA:

Artículo 1° Suspéndense transitoriamente las funciones de la Junta de Mejoras Públicas de la Intendencia del Amazonas, creada por el artículo 13 (sic) del Decreto ejecutivo número 761 (abril 28) de 1931.
Artículo 2° Las atribuciones de la Junta que por el presente Decreto se suspenden transitoriamente, se designan al señor Intendente.
Artículo 3° Los contratos que el señor Intendente celebre, en uso de sus atribuciones, quedan sometidos a las disposiciones legales existentes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de diciembre de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Gabriel TURBAY

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