En desarrollo del artículo 7 del Decreto número 1091 de 1940

Rango Decreto
Publicación 1940-12-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 7° del Decreto número 1091 del año en curso,

DECRETA:

Artículo único. El Departamento de Extensión Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Educación Nacional podrá seguir disponiendo de las camionetas números 8424, 8539, 7609, 7618, 7625, 7626, 8526 y 8455, que han venido prestando sus servicios en las Escuelas Ambulantes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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