Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional-), por $ 10.300.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del numeral 3º del articulo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 06864 de 1969, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal en curso, de la Deuda Pública Nacional, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto, por un valor total de $ 10.300.000;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 82 de 1969, por un valor igual al que se trata de transferir, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
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Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D .E., a 13 de diciembre de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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