Por el cual se efectúan unos traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982 (Presidencia de la República, Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas) por $ 8.119.500
por $ 8.119.500.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en el presupuesto de funcionamiento de la Presidencia de la República y el. Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, por medio de las Resoluciones números 375 de junio 24 de 1982, 1116 de mayo 24 de 1982 y 1321 de junio 23 de 1982 respectivamente declararon sobrante la suma de ocho millones ciento diez y nueve mil quinientos pesos ($8.119.500), moneda corriente, con el objeto de que sea trasladada, para, incrementar algunos rubros de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973 orgánico del Presupuesto y el artículo 14 de la Resolución orgánica número 7495 dé 1979 proveniente de la Contraloría General de la República, les Auditores Generales ante la Presidencia de la República y el
Departamento Nacional de Cooperativas, expidieron los Certificados de disponibilidad números 04 de julio 7 de 1982, por valor de $2.650.000, 02 de julio 5 de 1982 por valor de $649.500, 01 de julio 1° de 1982 por valor de $4.820.000, los cuales fueron refrendados por el Contralor General de la República, según lo expresado en el artículo 1° de la Resolución orgánica número 08299 de julio 2 de 1980, emanada de la Contraloría General de la República, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982:
CONTRACREDITOS
Presupuesto de funcionamiento.
Presidencia de la República.
CAPITULO 2
Integración y participación de la comunidad.
Servicios personales.
Claves: Funcional: 118.
Art.:
| 5 11.0103. Jornales | 200.000 | 200.000 |
|---|---|---|
| 7 11. 0105. Horas extras y días feriados | 50.000 | 50.000 |
| Gastos generales. Claves: Funcional: 118. Art.: 35 12. 0114. Compra de equipo | 1.490.000 | 1.490.000 |
| 39 12. 0118. Servicios públicos | 910.000 | 910.000 |
| Suman los contracréditos, Residencia de la República | 2.650.000 | 2.650.000 |
| Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Claves: Funcional: 263. Art.: 17 11. 0463. Honorarios | 649.500 | 649.500 |
| Gastos generales. Claves: Funcional: 263. Art.: 40 12. 0470. Comunicaciones y transportes | 220.000 | 220.000 |
| 42 12. 0472. Viáticos y gastos de viaje | 4.500.000 | |
| 48 12. 0473. Gastos imprevistos | 100.000 | |
| Suman los contracréditos, Departamento Administrativo | Suman los contracréditos, Departamento Administrativo | Suman los contracréditos, Departamento Administrativo |
| Nacional de Cooperativas | $ | 5.469.500 |
| Total contracréditos | $ | 8.119.500 |
| CREDITOS Presupuesto de funcionamiento. Presidencia de la República. CAPITULO 2 Integración y participación de la Comunidad. Servicios personales. Claves: Funcional: 118. Art.: 18 11. 0113. Remuneración servicios técnicos | 2.650.000 | 2.650.000 |
| Suman los créditos de la Presidencia de la República | 2.650.000 | 2.650.000 |
| Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Claves: Funcional: 263. Art.: 18 11. 0464. Remuneración servicios técnicos | 649.500 | 649.500 |
| Gastos generales. Claves: Funcional: 263. Art.: 36 12. 0466. Materiales y suministros | 1.020.000 | |
| 39 12. 0469. Servicios públicos | 3.800.000 | |
| Suman los créditos, Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas | $ | 5.469.500 |
| Total créditos | $ | 8.119.500 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
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