Por el cual se efectúan unos traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982 (Presidencia de la República, Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas) por $ 8.119.500

Rango Decreto
Publicación 1982-08-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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por $ 8.119.500.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el presupuesto de funcionamiento de la Presidencia de la República y el. Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, por medio de las Resoluciones números 375 de junio 24 de 1982, 1116 de mayo 24 de 1982 y 1321 de junio 23 de 1982 respectivamente declararon sobrante la suma de ocho millones ciento diez y nueve mil quinientos pesos ($8.119.500), moneda corriente, con el objeto de que sea trasladada, para, incrementar algunos rubros de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973 orgánico del Presupuesto y el artículo 14 de la Resolución orgánica número 7495 dé 1979 proveniente de la Contraloría General de la República, les Auditores Generales ante la Presidencia de la República y el

Departamento Nacional de Cooperativas, expidieron los Certificados de disponibilidad números 04 de julio 7 de 1982, por valor de $2.650.000, 02 de julio 5 de 1982 por valor de $649.500, 01 de julio 1° de 1982 por valor de $4.820.000, los cuales fueron refrendados por el Contralor General de la República, según lo expresado en el artículo 1° de la Resolución orgánica número 08299 de julio 2 de 1980, emanada de la Contraloría General de la República, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982:

CONTRACREDITOS

Presupuesto de funcionamiento.

Presidencia de la República.

CAPITULO 2

Integración y participación de la comunidad.

Servicios personales.

Claves: Funcional: 118.

Art.:

5 11.0103. Jornales 200.000 200.000
7 11. 0105. Horas extras y días feriados 50.000 50.000
Gastos generales. Claves: Funcional: 118. Art.: 35 12. 0114. Compra de equipo 1.490.000 1.490.000
39 12. 0118. Servicios públicos 910.000 910.000
Suman los contracréditos, Residencia de la República 2.650.000 2.650.000
Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Claves: Funcional: 263. Art.: 17 11. 0463. Honorarios 649.500 649.500
Gastos generales. Claves: Funcional: 263. Art.: 40 12. 0470. Comunicaciones y transportes 220.000 220.000
42 12. 0472. Viáticos y gastos de viaje 4.500.000
48 12. 0473. Gastos imprevistos 100.000
Suman los contracréditos, Departamento Administrativo Suman los contracréditos, Departamento Administrativo Suman los contracréditos, Departamento Administrativo
Nacional de Cooperativas $ 5.469.500
Total contracréditos $ 8.119.500
CREDITOS Presupuesto de funcionamiento. Presidencia de la República. CAPITULO 2 Integración y participación de la Comunidad. Servicios personales. Claves: Funcional: 118. Art.: 18 11. 0113. Remuneración servicios técnicos 2.650.000 2.650.000
Suman los créditos de la Presidencia de la República 2.650.000 2.650.000
Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Claves: Funcional: 263. Art.: 18 11. 0464. Remuneración servicios técnicos 649.500 649.500
Gastos generales. Claves: Funcional: 263. Art.: 36 12. 0466. Materiales y suministros 1.020.000
39 12. 0469. Servicios públicos 3.800.000
Suman los créditos, Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas $ 5.469.500
Total créditos $ 8.119.500
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

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