Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales- al Presupuesto vigente. (Fuerzas de Policía)
(Fuerzas de Policía).
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en especia de las qué le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
DECRETA:
Artículo primero Adiciónanse los cómputos adquiridos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cincuenta y siete ochocientos veinte pesos con cuatro centavo ($ 57.820.04) moneda corriente, que se incorpor con imputación al siguiente numeral:
RECURSOS DEL BALANCE DEL TESORO
| Numeral 139. Cancelación del Depósito Provisional constituido por el Cajero General de las Fuerzas de Policía, según oficio 1149 de marzo 3, del Tesorero General de la República y conforme a instrucciones del Contralor General, en oficio 41239-NL/1950/3460 de enero 25, proveniente de sueldos devengados con anterioridad al 31 de diciembre de 1954, y no reclamado | $ 57.820.04 |
|---|---|
| Total | $ 57.820.04 |
Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional suplemental al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
FUERZAS DE POLICIA
CAPITULO 185
Material y gastos varios.
| 001. Al artículo 1854. Para prestaciones sociales del personal, que se pagarán directamente por las Fuerzas de Policía, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0417 de 1955 (febrero 24), en el año | $ 57.820.04 |
|---|---|
| Total | $ 57.820.04 |
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 31 de agosto de 1956.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno, Lucio Pabón Núñez. -El Ministro de Justicia, Pedro Manuel Arenas. -El Ministro de Hacienda y Crédito Público Carlos Villaveces. -El Ministro de Guerra, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores, Mayor General Gabriel París. -El Ministro de Agricultura y Ganadería, Hernando Salazar Mejía. -El Ministro del Trabajo, Castor Jaramillo Anubla. -El Ministro de Salud Pública, Gabriel Velásquez Paláu. - El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Comunicaciones, Teniente Coronel Mariano Ospina Navia. - El Ministro de Minas y Petróleos, Félix García Ramírez.-El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía. - El Ministro de Obras Públicas, Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango.
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