Por el cual se ordenan unos estudios de centrales hidroeléctricas y de regadíos y se crea una Comisión
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las conferidas por las Leyes 107 de 1936, 126 de 1938 y 88 de 1940, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que el Ministerio de la Economía Nacional tiene estudios técnicos para la construcción de una central hidroeléctrica con base en el aprovechamiento del río Palo, en el Departamento del Cauca;
Segundo. Que la Ley 8ª de 1939, que ordenó esos estudios, determinó también que se hiciera uno similar en el rio Cauca, para ver la posibilidad de aprovechar esta corriente como fuente de energía con destino a la ciudad de Cali y a los Municipios aledaños a esa capital;
Tercero. Que la Ley 113 de 1928, ordena al Organo Ejecutivo la verificación de estudios de centrales hidroeléctricas en general, y
Cuarto. Que el Ministerio de la Economía Nacional tiene suficiente información para considerar que es posible el proyecto de un plan irrigatorio a base de aguas derivadas del rio Palo, con destino al beneficio de los terrenos planos de los Municipios de Puerto Tejada, Corinto, Miranda, Florida, Pradera y Candelaria, en los Departamentos del Cauca y del Valle,
DECRETA:
Articulo 1º Con cargo al Fondo Nacional Rotatorio de Irrigación y Desecación y a la destinación que se haga para plantas hidroeléctricas de los fondos del empréstito externo contratado con el Import-Export Bank, créase una comisión técnica que se denominará "Comisión de Estudios Hidroeléctricos y de Irrigación del Valle."
Articulo 2º El programa general de estudios de esa Comisión, que fijará en sus detalles el Ministerio de la Economía Nacional, será el siguiente:
- a) Estudio general de las posibilidades para una central hidroeléctrica en el rio Cauca, en el sector que determine el Departamento de Empresas de Servicio Público, y comparación económica con el proyecto que se tiene del rio Palo.
- b) Estudio de una central hidroeléctrica en el Alto Anchicayá, para producción de energía con destino a la ciudad de Cali.
- c) Proyecto de irrigación con aguas derivadas del río Palo, para beneficio de los llanos de los Municipios de Puerto Tejada, Corinto y Miranda, en el Departamento del Cauca, y Florida, Pradera y Candelaria, en el Departamento del Valle, siendo entendido que la enumeración de estos Municipios no obliga a que el proyecto se verifique en los terrenos de jursdicción de todos ellos, pues en la delimitación de las zonas beneficiadas deben prevalecer los conceptos técnicos y económicos.
Artículo 3º El personal de nómina y las asignaciones de esta Comisión será el siguiente:
| Un primer Ingeniero, con sueldo mensual de | $ 270.00 |
|---|---|
| Tres Ingenieros Ayudantes, con asignación mensual cada uno de | 240.00 |
| Un Ingeniero Topógrafo, con asignación mensual de | 220.00 |
| Dos Topógrafos, con asignación mensual cada uno de | 180.00 |
| Un Dibujante primero, con asignación mensual de | 170.00 |
| Un Dibujante segundo, con asignación mensual de | 150.00 |
Parágrafo. La Jefatura y Dirección de esta Comisión será provista por providencia posterior y se hará, bien por la creación de un cargo de nómina, bien por la celebración de un contrato de prestación de servicios.
Parágrafo 2° El Ingeniero Topógrafo tendrá las funciones de Habilitado Pagador de la Comisión, para lo cual deberá prestar la fianza respectiva que fije la Contraloria General de la República.
Artículo 4º La imputación de los gastos que ocasione la Comisión creada por el presente Decreto se hará en la siguiente forma: lo correspondiente a gastos de nómina y dirección, con cargo al Fondo Nacional Rotatorio de Irrigación y Desecación; la correspondiente a jornales, transportes, compra de elementos fungibles, servicios médicos, campamentos, drogas y demás gastos generales, con cargo a la destinación especial que se haga para plantas hidroeléctricas en los fondos provenientes del empréstito externo.
Comuniquese y publiquese.
Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Marco Aurelio ARANGO
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