Por el cual se crea un Comité de Reforma Arancelaria

Rango Decreto
Publicación 1967-12-02
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. Créase un Comité de Reforma Arancelaria el cual estará integrado así:

Daniel Abadía, Jefe de la División de Estudios Especiales de la Superintendencia de Comercio Exterior;

Alfonso Vidales, Jefe del Grupo de Integración del Departamento Administrativo de Planeación;

Augusto Bustamante, Jefe de la División de Arancel de la Dirección General de Aduanas;

Antonio Urdinola, Jefe del Grupo de Estudios Sectoriales del Departamento Administrativo de Planeación;

Francisco Sanabria, funcionario de la Superintendencia de Comercio Exterior; y

Mario Torres, funcionario del Instituto de Fomento Industrial.

Artículo 2°. Serán funciones del Comité a que se refiere el artículo anterior las siguientes:
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de noviembre de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

Abdón Espinosa Valderrama, Ministro de Hacienda y Crédito Público. Antonio Alvarez Restrepo, Ministro de Fomento. Edgar Gutiérrez Castro, Jefe del Departamento Administrativo de Planeación.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.