Por el cual se fijan unos viáticos en la carretera de Cambao
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Fijase,1a suma de $ 65 mensuales como viáticos al señor Ferdinando Marranghello, Ingeniero constructor de la sección segunda de la carretera de Cambao. Esta suma se le pagará desde el día 3 de diciembre en curso.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de diciembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obrás Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
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