Por el cual se fijan unos viáticos en la carretera de Cambao
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Fijase,1a suma de $ 65 mensuales como viáticos al señor Ferdinando Marranghello, Ingeniero constructor de la sección segunda de la carretera de Cambao. Esta suma se le pagará desde el día 3 de diciembre en curso.
Comuniquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de diciembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Obrás Públicas, Mariano OSPINA PEREZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.