por el cual se asignan unas funciones en el Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1985-08-09
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 23 de 1982,

DECRETA:

Artículo 1ºCorresponde a la Secretaría General del Ministerio de Gobierno:

Artículo 2ºCorresponde a la Dirección Nacional del Derecho de Autor del Ministerio de Gobierno:

Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D E., a 8 de agosto de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Gobierno,

Jaime Castro.

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