Por el cual se modifica el número 141 de 1937
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
qué es necesario modificar la distribución de la partida global del capítulo 60, artículo 356, hecha por el Decreto 141 del año en curso, en el sentido de aumentar en $ 2,000 la parte asignada al puerto de Gamarra, disminuyendo esta suma de la destinandá a gastos varios de la misma apropiación,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase en $ 2,000 la partida global asignada a1 puerto de Gamarra en la distribución de la partida global del capítulo 60, artículo 356, distribución hecha por el Decreto número 141 del corriente año, disminuyendo en igual cantidad la partida de gastos varios correspondiente a la misma apropiación presupuestal.
Queda modificado en esta forma el Decreto número 141 del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 11 de diciembre de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.