Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 (Ministerio de Educación Nacional) por $ 1.470.000

Rango Decreto
Publicación 1973-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 48 de la Ley 9a de 1972, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito.

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 9885 de 1973, declaró sobrante la cantidad de $ 1.470.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 47 de 1973, por $ 1.470.000.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

CONTRACREDITOS

Capítulo 281

Ministerio de Educación Nacional

Programa 311

Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación

Subprograma 2. Proyectos Técnicos y Docentes Especializados.

Transferencias

203 311 412. Artículo 3022. Funcionamiento de las Concentraciones para el Desarrollo Rural $ 1.470.000
Ordinales
6. Puerto Manrique (Caquetá) $ 170.469
11. Tamarrazón-Riohacha (Guajira). 100.000
12. Colombia (Huila) 657.754
18. San Martín - Medellín del Ariari (Meta) 100.000
19. Arboleda (Nariño) 110.000
36. San José del Guaviare (Vaupés) 331.777
Suman los contracréditós $ 1.470.000

CREDITOS

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Capítulo 281

Ministerio de Educación Nacional

Programa 311

Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación

Subprograma 5. Planeamiento Educativo.

Gastos Generales

106 111 205. Artículo 3048. Viáticos y gastos de viaje $ 150.000

Programa 326

Aporte a los Establecimientos Públicos del Sector Educativo

Subprograma 1. Instituto Colombiano de Cultura.

Transferencias

204 311 414. Artículo 3322.Aporte de la Nación para el Instituto Colombiano de Cultura 300.000
204 311 414. Artículo.3323.Para entidades adscritas 160.000

Ordinales

18. Aporte para la Academia de Historia (por intermedio del Instituto Colombiano de Cultura) $ 40.000
42. Instituto Neurológico Colombiano para adquisición de una Biblioteca Especializada (por intermedio del Instituto Colombiano de Cultura). $ 20.000
43. Orfeón Obrero de Popayán (por intermedio del Instituto Colombiano de Cultura) $ 100.000

Subprograma3. Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior.

204 314 412. Artículo 3326. Aporte al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior 150.000 150.000
PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programas de Inversión Indirecta Programa 681 Construcciones Escolares
PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programas de Inversión Indirecta Programa 681 Construcciones Escolares
PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programas de Inversión Indirecta Programa 681 Construcciones Escolares
B) PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programas de Inversión Indirecta Programa 681 Construcciones Escolares
PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programas de Inversión Indirecta Programa 681 Construcciones Escolares

Subprograma 4. Construcción y Dotación de Escuelas Urbanas en los Departamentos.

588 312. Artículo 6819. Recursos Ordinarios $ 500.000 500.000
Proyectos
3. Administración de Programas de construcción, Bogotá, y Seccionales. 500.000
Programa 691
Aportes para Desarrollo Regional de la Educación y la Cultura
Subprograma 2. Construcción, reconstrucción y dotación de planteles de enseñanza secundaria.
Inversión Indirecta
Recursos Ordinarios
609 313. Artículo 6900. Departamento de Cundinamarca 135.000
Proyectos
9. Bogotá: Colegio de las Hijas de María de las Esclavas del Sagrado Corazón 60.000
10. Bogotá: Para dotación del Colegio de Bachillerato Politécnico de la Sociedad Salas de Asilo 75.000
609 313. Artículo 6911.Departamento del Valle. 75.000
Proyecto 9. Cali: Colegio Técnico Comercial "Hernando Navas Varón" 75.000
Suman los créditos $ 1,470.000
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 23 de octubre de 1973.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.

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