Por el cual se nombra una comisión de ingenieros para que estudie y proyecte un sector de la carretera La Ceiba-Abrego, y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° El trazado de la carretera La Ceiba-Abrego, entre el kilómetro 20, a partir de La Ceiba, y la depresión de "El Caraño," y la localización de la misma vía, entre el kilómetro 10 y la citada depresión, la llevará a cabo una Comisión de Ingenieros, formada por el siguiente personal, con las asignaciones mensuales que se expresan: Ingeniero-Jefe, trescientos pesos ($ 300); Ingeniero Primer Ayudante, doscientos cuarenta pesos ($ 240); Ingeniero Segundo Ayudante, doscientos pesos ($ 200), y Cajero-Almacenista, ciento cincuenta pesos ($ 150).
Artículo 2° Dicha Comisión dependerá del Ministerio de Obras Públicas, y en la organización y desarrollo de los trabajos, procederá en un todo de acuerdo con los reglamentos sobre estudios y proyectos, contabilidad y estadística, sanidad y demás normas que rigen en el ramo de Carreteras.
Artículo 3° Nombrase a los señores Manuel Medina, Mario Vasquez B., Carlos Duque y Rodrigo Moreno Ríos para ocupar, en su orden, los puestos de que trata el artículo 1° de este Decreto.
Artículo 4° A partir del día 1°de diciembre en curso, quedarán suprimidos los tres cargos de ingenieros que se crearon por Decreto número 1692, de 6 de septiembre último, para que ejecutaran las exploraciones y estudios preliminares de las líneas Sardinata-Abrego y Salazar-Abrego.
Artículo 5° El Ingeniero Interventor de la carretera Bucaramanga -Málaga, señor Rafael Terreros, ejercerá las funciones de Interventor del Gobierno Nacional en los contratos sobre estudios y proyectos y construcción de la carretera La Ceiba-Abrigo, celebrados con los ingenieros Jorge Páramo Arias, Víctor Guerra Salomón y Jenaro Rueda.
Artículo 6° En reemplazo del señor Rodrigo Moreno Ríos, nómbrase Cajero-Almacenista de la carretera Santa Marta-Sierra Nevada al señor Jesús Alberto Pacheco O., con el sueldo fijado para este empleo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de diciembre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Obras Públicas,
Francisco RODRIGUEZ MOYA
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