Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de gastos del Ministerio de Educación Nacional para la vigencia en curso (ramo de Lazaretos)

Rango Decreto
Publicación 1930-12-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que en el Presupuesto de gastos para el año en curso en el ramo de Lazaretos hay algunas apropiaciones que son insuficientes para cubrir todos los servicios hasta el último del mesen curso, al tiempo que en otras quedarán saldos sobrantes;

Que de conformidad con lo estatuido en el artículo 17 de la Ley 34 de 1923, el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de los corrientes aprobó el traslado que para subsanar estos defectos ha pedido el Ministerio de Educación Nacional,

DECRETA:

Artículo 1° Trasládase en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de. 1930, la suma de treinta y tres mil ciento dos pesos cuarenta centavos ($ 33,102-40) que se deducirá de las imputaciones que a continuación se expresan:
Artículo 2° La suma que se traslada se llevará a las imputaciones siguientes:
Artículo 3° Dése cuenta a la Contraloría General de la República para lo de su cargo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1930.

Por delegación del Excelentísimo señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno,

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Abel CARBONELL

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