Por el cual se adiciona el presupuesto de rentas y recursos de capital y se abren unos créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982, Ministerio de Obras Públicas y Transporte, por la suma de $ 538.017.963.73

Rango Decreto
Publicación 1982-08-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el Gobierno Nacional está facultado por el artículo 99 del Decreto extraordinario 294 de 1973 para abrir, en receso del Congreso créditos suplementales o extraordinarios al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;

Que el Gobierno Nacional dispone de recursos ordinarios para adicionar el presupuesto con el fin de adelantar programas de infraestructura vial y de construcción de inmuebles;

Que para amparar la apertura de créditos adicionales en el presupueste de gastos dé la actuar vigencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2, del Decreto extraordinario 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de disponibilidad número 24 de julio 8 de 1982, por valor de $ 538.017.963.73;

Que con la apertura de estos créditos no se excede el 25% del total de la Ley de Apropiaciones;

Que el honorable Consejo de Ministros ha autorizado la apertura de los créditos adicionales propuestos y el honorable Consejo de Estado emitido concepto previo y favorable; y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la apertura de estos créditos adicionales,

decreta:

Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la vigencia fiscal de 1982, en la suma de $ 538.017.963.73 que con base en el Certificado de disponibilidad número 24 de 1982, expedido por la Contraloría General de la República se incorpora así;

Presupuesto de rentas y recursos de capital.

Ingresos corrientes.

Ingresos no tributarios.

CAPITULO XI

Numeral 98 D. Consignación efectuada por el Fondo Vial Nacional a la Tesorería General de la República por concepto de reintegro por aportes del Presupuesto Nacional no comprometidos en las vigencias fiscales de 1980 y 1981 538.017.963.73 538.017.963.73
Suma el recurso $ 538.017.963.73
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982, así:

CREDITOS

Ministerio de Obras Públicas y Transporte.

Presupuesto de inversión.

CAPITULO 21

Fondo Vial Nacional.

PROGRAMA 3801

Plan Vial Nacional. - Construcción y reconstrucción de carreteras nacionales.

Inversión indirecta.

Recursos ordinarios.

Claves: Funcional: 41 273

Art.:

6852. Recuperación de vías 120.000.000.00

Proyectos:

4. Ruta 40 - La Línea - Armenia 50.000.000.00
Contrapartida BIRF 1471-CO.
7. Ruta 45 - Bucaramanga - El Playón 50.000.000.00
Contrapartida BIRF 1471-CO
16. Ruta 40 - Sector - Ibagué - La Línea 20.000.000.00
Contrapartida BIRF 1471-CO.

Art.:

6853. Pavimentación de vías 51.000.000.00

Proyectos:

1. Ruta 65 - San Martín - Granada 30.000.000.00
2. Ruta 40 - Montenegro - Quimbaya 10.000.000.00
3. Ruta 55 - San Gil -Charalá 6.000.000.00
6. Ruta 25 - Barranquilla - Ponedera - Calamar 5.000.000.00

Art.:

6854. Construcción de vías alternas 300.000.000.00

Proyecto:

8. Ruta 60 - Sector Medellín - Bogotá 300.000.000.00

Art.:

6857. Accesos y variantes a ciudades 30.000.000.00

Proyectos:

8. Avenida Eldorado - Bogotá 20.000.000.00
13. Interconexión vial. Barranquilla. Contrapartida crédito BID-304-SP-CO 10.000.000.00

PROGRAMA 3802

Plan Vial Nacional.

Conservación y mejoramiento de carreteras nacionales.

Inversión indirecta.

Recursos ordinarios.

Claves: Funcional: 41 273.

Art.:

6868. Rehabilitación de vías 17.017.963.73

Proyectos:

1. Cali - Popayán 11.017.963.73
2. Pasto - Rumichaca 6.000.000.00

CAPITULO 23

Fondo de Inmuebles Nacionales.

PROGRAMA 2104

Inmuebles Nacionales.

Parques y monumentos.

Inversión indirecta.

Recursos ordinarios.

Claves: Funcional: 41 119.

Art.:

6891 Construcción y adquisición de inmuebles 20.000.000.00

Proyecto:

24. Sede Ministerio de Justicia 20.000.000.00
Suman los créditos, Ministerio de Obras Públicas y Transporte $ 538.017.963.73
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y derógase el Decreto número 2073 del 16 de julio de 1982.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., de julio de 1982.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesnier Durán

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