Por el cual se adiciona el presupuesto de rentas y recursos de capital y se abren unos créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982, Ministerio de Obras Públicas y Transporte, por la suma de $ 538.017.963.73
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Gobierno Nacional está facultado por el artículo 99 del Decreto extraordinario 294 de 1973 para abrir, en receso del Congreso créditos suplementales o extraordinarios al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;
Que el Gobierno Nacional dispone de recursos ordinarios para adicionar el presupuesto con el fin de adelantar programas de infraestructura vial y de construcción de inmuebles;
Que para amparar la apertura de créditos adicionales en el presupueste de gastos dé la actuar vigencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2, del Decreto extraordinario 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de disponibilidad número 24 de julio 8 de 1982, por valor de $ 538.017.963.73;
Que con la apertura de estos créditos no se excede el 25% del total de la Ley de Apropiaciones;
Que el honorable Consejo de Ministros ha autorizado la apertura de los créditos adicionales propuestos y el honorable Consejo de Estado emitido concepto previo y favorable; y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la apertura de estos créditos adicionales,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de rentas y recursos de capital de la vigencia fiscal de 1982, en la suma de $ 538.017.963.73 que con base en el Certificado de disponibilidad número 24 de 1982, expedido por la Contraloría General de la República se incorpora así;
Presupuesto de rentas y recursos de capital.
Ingresos corrientes.
Ingresos no tributarios.
CAPITULO XI
- c) Otros recursos.
| Numeral 98 D. Consignación efectuada por el Fondo Vial Nacional a la Tesorería General de la República por concepto de reintegro por aportes del Presupuesto Nacional no comprometidos en las vigencias fiscales de 1980 y 1981 | 538.017.963.73 | 538.017.963.73 |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 538.017.963.73 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1982, así:
CREDITOS
Ministerio de Obras Públicas y Transporte.
Presupuesto de inversión.
CAPITULO 21
Fondo Vial Nacional.
PROGRAMA 3801
Plan Vial Nacional. - Construcción y reconstrucción de carreteras nacionales.
Inversión indirecta.
Recursos ordinarios.
Claves: Funcional: 41 273
Art.:
| 6852. | Recuperación de vías | 120.000.000.00 |
|---|---|---|
Proyectos:
| 4. | Ruta 40 - La Línea - Armenia | 50.000.000.00 |
|---|---|---|
| Contrapartida BIRF 1471-CO. | ||
| 7. | Ruta 45 - Bucaramanga - El Playón | 50.000.000.00 |
| Contrapartida BIRF 1471-CO | ||
| 16. | Ruta 40 - Sector - Ibagué - La Línea | 20.000.000.00 |
| Contrapartida BIRF 1471-CO. |
Art.:
| 6853. | Pavimentación de vías | 51.000.000.00 |
|---|---|---|
Proyectos:
| 1. | Ruta 65 - San Martín - Granada | 30.000.000.00 |
|---|---|---|
| 2. | Ruta 40 - Montenegro - Quimbaya | 10.000.000.00 |
| 3. | Ruta 55 - San Gil -Charalá | 6.000.000.00 |
| 6. | Ruta 25 - Barranquilla - Ponedera - Calamar | 5.000.000.00 |
Art.:
| 6854. | Construcción de vías alternas | 300.000.000.00 |
|---|---|---|
Proyecto:
| 8. | Ruta 60 - Sector Medellín - Bogotá | 300.000.000.00 |
|---|---|---|
Art.:
| 6857. | Accesos y variantes a ciudades | 30.000.000.00 |
|---|---|---|
Proyectos:
| 8. | Avenida Eldorado - Bogotá | 20.000.000.00 |
|---|---|---|
| 13. | Interconexión vial. Barranquilla. Contrapartida crédito BID-304-SP-CO | 10.000.000.00 |
PROGRAMA 3802
Plan Vial Nacional.
Conservación y mejoramiento de carreteras nacionales.
Inversión indirecta.
Recursos ordinarios.
Claves: Funcional: 41 273.
Art.:
| 6868. | Rehabilitación de vías | 17.017.963.73 |
|---|---|---|
Proyectos:
| 1. | Cali - Popayán | 11.017.963.73 |
|---|---|---|
| 2. | Pasto - Rumichaca | 6.000.000.00 |
CAPITULO 23
Fondo de Inmuebles Nacionales.
PROGRAMA 2104
Inmuebles Nacionales.
Parques y monumentos.
Inversión indirecta.
Recursos ordinarios.
Claves: Funcional: 41 119.
Art.:
| 6891 | Construcción y adquisición de inmuebles | 20.000.000.00 |
|---|---|---|
Proyecto:
| 24. | Sede Ministerio de Justicia | 20.000.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los créditos, Ministerio de Obras Públicas y Transporte | $ | 538.017.963.73 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y derógase el Decreto número 2073 del 16 de julio de 1982.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E., de julio de 1982.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesnier Durán
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