Por el cual se adiciona y aclara el marcado con el número 165 del presente año
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
l .° Que los gastos que demanda la Litografía nacional pueden considerarse como los más premiosos y urgentes de guerra;
2.° Que lá exigencia ,de contrato previo aprobado en Consejo de Ministros entorpece y aun hace imposible en ocasiones la adquisición de muchos elementos indispensables,
DECRETA:
Artículo único. En la adquisición de elementos de cualquier género para la Litografía nacional podrá prescindirse de la formalidad del contrato previo probado en Consejo de Ministros cualquiera que sea la cuantía á que ascienda el valor de esos elementos, y será suficiente la aprobación de las respectivas cuentas de cobro hecha por el Ministro del Tesoro, previa autorización, en cada caso, el Vicepresidente de la Republica encargado del poder Ejecutivo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 22 de Noviembre de 1900.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
GUILLERMO QUINTERO C.-
El Ministro de relaciones Exteriores,
Carlos Martínez Silva
El Ministro de Hacienda,
Pedro Antonio Molina
El Ministro de Guerra,
Jose Domingo Ospina C.
El Ministro de Instrucción Pública,
Miguel Abadía Méndez
El Ministro del Tesoro,
Enrique Restrepo García.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.