Por el cual se centralizan unos pagos en Bogotá y se conceden unas autorizaciones

Rango Decreto
Publicación 1957-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 1º de noviembre el año en curso, centralízanse en Bogotá, bajo la vigilancia y responsabilidad del Departamento de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores, todos los pagos que se efectúen fuera del país por cuenta del citado Despacho ejecutivo.
Artículo segundo. Para atender al sistema de pagos establecido por el presente Decreto, autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de que, en entendimiento con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, u con la Contraloría General de la República, proceda a contratar con el Banco de la República, proceda a contratar con el Banco de la República, lo relativo a la situación de los fondos correspondientes a tales pagos, mediante giros previamente ordenados y aprobados.

Parágrafo. La comisión bancaria a que dé lugar el servicio anterior, será cubierta por el Gobierno Nacional.

Artículo tercero. El Ministerio de Relaciones Exteriores, por intermedio de su Departamento de Presupuesto y Contabilidad, solicitará el concurso de la Contraloría y de la Tesorería de la República, para acordar en detalle la reglamentación del servicio de pagos en el Exterior a que alude el artículo 1º de este Decreto.
Artículo cuarto. Autorízase al Gobierno Nacional, para suprimir los cargos que considere innecesarios en el Consulado General de Colombia en New York, debido a la disminución de trabajo que ocasione la aplicación del presente Decreto, y para aumentar el personal técnico que requiere el Departamento de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de que pueda cumplir la nueva labor a él señalada, fijar sus asignaciones y determinar las funciones de cada uno de los nuevos funcionarios.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1957.

Mayor General, Gabriel París,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca Contralmirante Rubén Piedrahita A. - Brigadier General Rafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez. El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum. -El Ministro de Agricultura, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Jorge Mejía Salazar El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya. El Ministro de Trabajo, encargado del Ministro de Salud Pública, Raimundo Emiliani Román. El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo. El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. El Ministro de Educación Nacional, Próspero Carbonell. El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz. El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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