Por el cual se aprueba un préstamo del Banco Cafetero

Rango Decreto
Publicación 1955-08-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente ele la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto extraordinario número

1448 de 1954 (mayo 5), apruébase la siguiente operación de préstamo, que ha sido ya autorizado por la Junta Directiva del Banco Cafetero:

Departamento de Nariño:

Para financiar los gastos que causa la importación de maquinaria y equipos, necesarios para la terminación de la Planta Eléctrica del Municipio de Sandoná, US$ 60.000.00.

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de agosto de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia

El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio Hacienda y Crédito Público,

Manuel Archila Monroy.

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