Por el cual se hace un traslado en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1932-12-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de las facultades que le concede la Ley 23 de 1932, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Trasládase del artículo 410, capitulo 49, al artículo 491, capítulo 62, del Presupuesto de la actual vigencia, la suma de $ 22,000, para los fines expresados en los considerandos de este Decreto.

Parágrafo. Dése cuenta al señor Contralor General de la República para los efectos legales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de diciembre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIOSA V.

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