Por el cual se crea una estación inalámbrica y se hacen unas promociones y nombramientos en el ramo de inalámbricos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA :
Artículo 1° Créase la Estación Inalámbrica de Puerto Meride. con el siguiente personal, y asignaciones:
| Un Jefe de Radio, con asignación mensual de | $ | 150.00 |
|---|---|---|
| Un Mecánico de Radio y Motores, con asignación mensual de | 80.00 |
Artículo 2° Nómbrase a los siguientes señores para desempeñar los puestos creados por el artículo anterior:
Jefe de Radio, señor Jaime E. Cruz.
Mecánico de Radio y Motores, señor Justo Pastor Gutiérrez.
Articulo 3° Nómbrase operador de la Estación Inalámbrica de Guapi, al señor Luis A. Gutiérrez, en reemplazo del señor Jaime Cruz, quien pasa a otro puesto.
Artículo 4° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará al capitulo 65, articulo 486 del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 10 de noviembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D'COSTA
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