Por el cual se suprime un cargo y se crea otro en el Ministerio de Minas y Petróleos

Rango Decreto
Publicación 1953-08-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos legislativos números 427 de 1952 y 1600 de 1953, y

CONSIDERANDO:

Que por haberse terminado el contrato sobre explotación de oro en las minas de Telembí, quedó sin funciones la Inspección Nacional de dichas minas, dependiente del Departamento Tercero del Ministerio de Minas y Petróleos;

Que la Texas Petroleum Company iniciará en el curso del presente mes la explotación de los terrenos petrolíferos de propiedad nacional "Concesión Tetuán", de acuerdo con el contrato celebrado con el Gobierno por escritura pública número 2487 del 24 de septiembre de 1947, otorgada en la Notaría Primera de esta ciudad; y, en tal virtud, se hace necesaria la creación del cargo de Inspector de Petróleos de la Concesión Tetuán, para los efectos de fiscalización e información al Gobierno sobre el movimiento del crudo explotado y el desarrollo de sus nuevas perforaciones e instalaciones,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 15 de agosto del presente año suprímese en el Ministerio de Minas y Petróleos el cargo de Inspector Nacional de Telembí, dependiente del Departamento Tercero, Servicio Técnico de Minas y Petróleos, cuya asignación es de seiscientos pesos ($ 600.00) mensuales.
Artículo segundo. Con base en la supresión hecha por el artículo anterior, créase a partir del 15 de agosto del presente año, en el Departamento Cuarto, Fiscalización y Explotación de Petróleos, del mismo Ministerio, el cargo de Inspector de Petróleos de la Concesión Tetuán, con una asignación de quinientos pesos ($ 500) mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de agosto de 1953.

Teninete General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

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