por el cual se modifica el Decreto 1314 de 1945, sobre primas de riesgo al personal civil del Instituto Geográfico, Militar y Catastral

Rango Decreto
Publicación 1947-07-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus las facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. A partir de esta fecha, modificase el artículo primero del Decreto número 1314 de 1945, en el sentido de fijar al personal civil del Instituto Geográfico, Militar y Catastral, las siguientes primas de riesgo por cada hora de vuelo: Oficiales primeros a Oficiales novenos: veinte pesos ($ 20.00); Ayudantes primeros a séptimos: quince pesos ($ 15.00), y Auxiliares primeros a séptimos: diez pesos ($ 10.00) moneda corriente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de julio de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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