Sobre provisión de empleos de la Aduana de Tumaco
El Présidente de los Estados Unidos de Colombia,
Vistos los artículos 66 (atribucion 7,ª) i 83 de la Constitución,
DECRETA:
Artículo 1.º Nómbrase para la Aduana de Tumaco:
Administrador Tesorero, a Carlos María López; i
Contador-interventor, a Pedro Vallarino.
Artículo 2.° Autorízase al Poder Ejecutivo del Estado del Cauca para proveer en interinidad las plazas espresadas, hasta que entren a desempeñarlas los nombrados en propiedad.
Dado en Bogotá, a 20 de mayo de 1876.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
Carlos Nicolás Rodríguez.
Digitó: CC1.018.436.540
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