Por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano del Deporte Coldeportes y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante oficio número 036648 del 1º de diciembre de 1999,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así:
| Número de Empleos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL DIRECTOR | 0015 | 24 | |
| ((Uno) 1 | Director General de Entidad Descentralizada | 0015 | 24 |
| (Dos) 2 | Asesor | 1020 | 14 |
| (Dos) 2 | Asesor | 1020 | 12 |
| (Dos) 2 | Asesor | 1020 | 03 |
| (Dos) 2 | Técnico Administrativo | 4065 | 18 |
| (Uno) 1 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 24 |
| PLANTA GLOBAL | |||
| (Uno) 1 | Secretario General de Entidad Descentralizada | 0037 | 21 |
| (Tres) 3 | Subdirector General de Entidad Descentralizada | 0040 | 21 |
| (Dos) 2 | Jefe de Oficina | 7 | 18 |
| Uno) 1 | Investigador Científico | 3000 | 24 |
| (Cinco) 5 | Profesional Especializado | 3010 | 4 |
| (Uno) 1 | Investigador Científico | 3000 | 20 |
| (Quince) 15 | Profesional Especializado | 3010 | 20 |
| (Dos) 2 | Investigador Científico | 3000 | 18 |
| Nueve) 9 | Profesional Especializado | 3010 | 15 |
| (Once) 11 | Profesional Universitario | 020 | 13 |
| (Uno) 1 | Técnico Administrativo | 4065 | 18 |
| (Siete) 7 | Asistente Administrativo | 4140 | 17 |
| (Dos) 2 | Asistente Administrativo | 4140 | 15 |
| (Cinco) 5 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 24 |
| (Ocho) 8 | Secretario Ejecutivo | 5040 | 23 |
| (Cinco) 5 | Conductor Mecánico | 5310 | 19 |
| (Uno) 1 | Auxiliar Administrativo | 5120 | 14 |
Artículo 2º. El Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1º del presente decreto, se efectuará dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4º. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 5º. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2317 del 20 de diciembre de 1996 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquesey cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro de Educación Nacional,
Germán Bula Escobar.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz
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