por el cual se hace la distribución parcial de una partida

Rango Decreto
Publicación 1958-11-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 206, artículo 2366 del Presupuesto de la vigencia en curso, '"Para auxiliar a las Ferias Exposiciones Agrícolas y Pecuarias en el país, (Ley 224 de 1938, artículo 10), según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", hácese la siguiente distribución:

Capítulo 206. Artículo 2366. Ordinal 20

Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Feria Exposición Agrícola y Pecuaria, próxima a celebrarse en el Socorro (Santander) $ 6.000.00
Artículo segundo. El pago del aporte y auxilio de que trata el artículo 1° de este Decreto, su manejo e inversión y la rendición de la cuenta correspondiente a la Contraloría General de la República, se efectuará con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogación.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de octubre de 1958

ALBERTO LLERAS

Hernando Agudelo Villa

Ministro de Hacienda y Crédito Público

Augusto Espinosa Valderrama

Ministro de Agricultura

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