Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1920-12-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

teniendo en cuenta

lo dispuesto en las Leyes 49 y 65 del presente año,

decreta:

Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre 1920 con la cantidad de once mil pesos ($ 11.000), que llevará las siguientes imputaciones:
MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios.
Artículo 275 B. Para la erección del monumento a Jorge Isaacs, de que trata la Ley 49 de 1920 $ 5.000 5.000
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura.
Artículo 771. Para el camino de El Progreso (Tunja a Miraflores, y Chámeza), Ley 65 de 1920 $ 6.000 6.000
Total $ 11.000
Artículo 2.° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, las de Reconocimientos de los Ministerios de Gobierno y de Obras Públicas y las Pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro,J. M. PASOS.

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