Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta
lo dispuesto en las Leyes 49 y 65 del presente año,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre 1920 con la cantidad de once mil pesos ($ 11.000), que llevará las siguientes imputaciones:
| MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. | MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. | MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. | MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. | MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 17. Gastos varios. |
|---|---|---|---|---|
| Artículo 275 B. Para la erección del monumento a Jorge Isaacs, de que trata la Ley 49 de 1920 | $ | 5.000 | 5.000 | |
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 68. Carreteras y caminos de herradura. |
| Artículo 771. Para el camino de El Progreso (Tunja a Miraflores, y Chámeza), Ley 65 de 1920 | $ | 6.000 | 6.000 | |
| Total | $ | 11.000 |
Artículo 2.° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, las de Reconocimientos de los Ministerios de Gobierno y de Obras Públicas y las Pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de diciembre de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro,J. M. PASOS.
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