Por el cual se reorganiza la División de Agricultura del Ministerio de Agricultura y Ganadería

Rango Decreto
Publicación 1949-08-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 11 de la Ley 88 de 1948,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 1° de agosto de presente año el personal y asignaciones de la División de Agricultura del Ministerio de Agricultura y Ganadería será el que a continuación se expresa:

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