Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de 1931

Rango Decreto
Publicación 1931-12-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

"El Consejo de Ministros autoriza el traslado de la suma $ 2,000, del artículo 523, de la Ley de Apropiaciones vigentes, Departamento de Contraloria, para llevarla asi: al artículo 524, $ 1,000; al artículo 525, $ 500, y al artículo 526, $ 500. En consecuencia puede dictarse por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Decreto ejecutivo correspondiente,"

DECRETA:

Articulo único. Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 21864 (TABLA) PÁG. 6.

Comuniquese y publiquese.

Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1931.

ENRRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Esteban JARAMILLO

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