Por el cual se adiciona el Decreto 2177 de 1954, sobre auxilio a los damnificados por deslizamientos en el Departamento de Antioquia

Rango Decreto
Publicación 1955-08-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y

considerando

que por Decreto número 3518 de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,

decreta

Artículo 1° Las casas construídas para auxiliar a los damnificados por los deslizamientos ocurridos en el Departamento de Antioquia, con los fondos destinados por el Decreto 2177 de 1954, y los que para el mismo fin se dieron por otras personas y entidades, se adjudicarán en propiedad, de acuerdo con las determinaciones del Comité creado al efecto, y en la escritura respectiva quien transmita el dominio constituirá en beneficio de las familias adjudicatarias, patrimonio de familia no embargable, sin sujeción a las formalidades prescritas en la Ley 70 de 1931.
Artículo 2° Quedan suspendidas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1955.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Luis Caro Escallón.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gabriel París.

El Ministro de Agricultura

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

El Ministro del Trabajo,

Cástor Jaramillo Arrubla.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

Manuel Archila Monroy.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Manuel Arenas.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita.

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