Por el cual se hace un traslado en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1932-12-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 23 de 1932, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Trasládase del artículo 409, capítulo 49, del Presupuesto de la actual vigencia al artículo 457, capítulo 54, del mismo Presupuesto, la suma de doscientos cincuenta pesos ($ 250).

Parágrafo. Dése cuenta al señor Contralor General de la República para los efectos legales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIZOSA V.

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