por el cual se modifica la estructura de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2004-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, en su sesión del día 10 de septiembre de 2003, mediante Acta número 009, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de su estructura,

DECRETA:

CAPITULO I

Naturaleza, domicilio, objetivos y funciones

Articulo 1°.Naturaleza y domicilio. La Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, es un establecimiento público de carácter nacional con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente, adscrita al Ministerio de Educación Nacional, en los términos previstos en las Leyes 52 de 1981 y 396 de 1997.

La Universidad tendrá domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C., y podrá constituir en todo el territorio nacional Centros de Educación Abierta y a Distancia, CEAD.

Artículo 2°.Objetivos. La Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, tendrá como objetivos:
Artículo 3°.Funciones de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD. Son funciones de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, además de las previstas para las instituciones universitarias en las disposiciones legales, las siguientes:

CAPITULO II

Organos de dirección y administración

Artículo 4°.Dirección y Administración. La Dirección y Administración de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, corresponde al Consejo Directivo, al Rector y al Consejo Académico.

El Consejo Directivo, el Rector, el Consejo Académico cumplirán las funciones señaladas en el Estatuto General y demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

El Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Universidad.

Artículo 5°.Consejo Directivo. El consejo Directivo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, estará integrado así:

Parágrafo 1°. Será invitado permanente un Director de los Centros de Educación Abierta y a Distancia, CEAD.

Parágrafo 2°. Las elecciones de los miembros de que tratan los literales d), e), f), g), h), e i), serán reglamentadas por el Consejo Directivo.

CAPITULO III

Estructura

Artículo 6°.Estructura. Para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, la Universidad tendrá la siguiente estructura:

5.1 Facultad de Ciencias Agrarias.

5.5 Escuela de Postgrados

CAPITULO IV

Funciones de las dependencias

Artículo 7°.Rectoría. Son funciones de la rectoría las siguientes:
Artículo 8°.Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General:
Artículo 9°.Vicerrectoría Académica. Son funciones de la Vicerrectoría Académica:

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