Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1931-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Honorable Consejo de Ministros, en sesíon del dia 4 de los corrientes, accedió a la solicitud del Ministerio de Obras Públicas, sobre traslado de la suma de $ 10,000, dentro del capítulo 67 de la Ley de Apropiaciones de la actual vigencia,

DECRETA :

Articulo 1° Trasládase la suma de diez mil pesos ($ 10,000), del artículo 518, capitulo 67, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, al articulo 512, del mismo capitulo.
Articulo 2° El MInisterio de Obras Públicas dará oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo del articulo 17 de la Ley 34 de 1923.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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