Por el cual se otorgan unas autorizaciones
en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. Autorizase a la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., para hacer una emisión adicional de bonos internos. Esta nueva emisión será hasta por la cantidad de sesenta millones de pesos ($ 60.000.000) moneda colombiana, y los bonos que se emitan tendrán un plazo de veinte (20) años y un interés hasta del seis por ciento (6%) anual. El Estado otorga a dichos bonos su plena garantía para lo cual en los contratos de emisión que la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., celebre con el Banco de la República, como entidad fideicomisaria, se transcribirá el texto de este artículo.
Artículo segundo. El Banco de la República y la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., celebrarán los contratos de fideicomiso y de emisión que correspondan a los bonos que se autorizan por este Decreto, sin que tales contratos requieran ulterior aprobación del Gobierno Nacional.
Artículo tercero. Autorizase al Banco de la República para adquirir los bonos de la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, S. A., cuya emisión se autoriza por medio del presente Decreto, sin afectar el cupo del Gobierno Nacional.
Artículo cuarto. Quedan suspendidas las disposiciones contrarias al presente Decreto, que rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 20 de agosto de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Evaristo Sourdis.
El Ministro de Justicia,
Antonio Escobar Camargo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces,
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gustavo Berrio M.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Brigadier General Arturo Chary
El Ministro de Trabajo,
Aurelio Caycedo Ayerbe,
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía,
El Ministro de Fomento,
Alfredo Rivera Valderrama.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Pedro Nel Rueda Uribe.
El Ministro Educación Nacional,
Manuel Mosquera Garcés.
El Ministro de Comunicaciones,
Coronel Manuel Agudelo G.
El Ministro de Obras Públicas,
Santiago Trujillo Gómez.
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