por el cual se aprueba el acuerdo numero 027 de 1989 de la junta directiva del Incora que establece la estructura orgánica y las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1989-09-21
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 26 del Decreto extraordinario 1050 de 1968,

DECRETA:

Articulo 1° Aprobar el Acuerdo número 027 del 8 de agosto de 1989, expedido por la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, mediante el cual se establece la estructura orgánica y las funciones de sus dependencias, y cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 027 DE 1989

(agosto 8)

por el cual se establece la estructura orgánica del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, y se determinan las funciones de sus dependencias.

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y, oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,

ACUERDA:

I DE LA ESTRUCTURA.

Artículo 1° La estructura orgánica del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria será la siguiente:

1.0 JUNTA DIRECTIVA

2.0 GERENCIA GENERAL

2.1 Oficina de Asuntos Legales.

2.2 Oficina de Control Interno.

2.3 Oficina de Comunicaciones y Prensa.

3.0 SECRETARIA GENERAL

4.0 SUBGERENCIA DE PLANEACION

4.1 División de Planes Globales.

4.1.1 Sección de Planeación y Análisis Económico.

4.1.2 Sección de Banco de Datos y Estadística.

4.2 División de Programación y Seguimiento.

4.2.1 Sección de Programación.

4.3 División de Informática y Organización.

4.3.1 Sección de Diseño de Sistemas.

4.3.2 Sección de Procesamiento de Datos.

4.3.3 Sección de Organización y Métodos.

5.0 SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

5.1 División de Administración de Personal.

5.1.1 Sección de Selección y Capacitación.

5.1.2 Sección de Registro y Relaciones Laborales.

5.1.3 Sección de Servicio Médico.

5.1.4 Sección de Bienestar Social.

5.2 División Financiera.

5.2.1 Sección de Contabilidad.

5.2.2 Sección de Presupuesto.

5.2.3 Sección de Tesorería.

5.2.4 Sección de Cartera.

5.3 División de Suministros y Contratos.

5.3.1 Sección de Contratos.

5.3.2 Sección de Suministros.

5.3.3 Sección de Almacén.

5.4 División de Servicios Generales.

5.4.1 Sección de Correspondencia y Archivo.

5.4.2 Sección de Mantenimiento y Transportes.

5.4.3 Sección de Publicaciones.

6.0 SUBGERENCIA DE ADQUISICION Y DOTACION DE TIERRAS

6.0.1 Sección de Control Jurídico.

6.1 División de Adquisición de Tierras.

6.1.1 Sección de Negociación de Tierras.

6.1.2 Sección de Expropiaciones.

6.2 División de Resguardos Indígenas.

6.3 División de Extinción y Clarificación.

6.3.1 Sección de Extinción del Dominio.

6.3.2 Sección de Clarificación y Recuperación.

6.4 División de Titulación de Tierras.

6.4.1 Sección de Parcelaciones.

6.4.2 Sección de Adjudicación de Baldíos.

7.0 SUBGERENCIA DE ASENTAMIENTOS Y DESARROLLO CAMPESINO

7.1 División de Infraestructura y Colonizaciones.

7 1.1 Sección de Desarrollo de Colonizaciones.

7.1.2 Sección de Ingeniería e Interventoría.

7.2 División de Desarrollo Campesino e Indígena.

7.2.1 Sección de Organización Campesina.

7.2.2 Sección de Capacitación y Bienestar Campesino.

7.2.3 Sección de Comercialización.

7.2.4 Sección de Desarrollo Indígena.

7.3 División de Producción Agroeconómica.

7.3.1 Sección de Crédito.

7.3.2 Sección Agrotécnica.

8.0 ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION

8.1 Comité de Coordinación General.

8.2 Comité Técnico de Coordinación Gubernamental.

8.3 Comité Consultivo Nacional.

8.4 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

8.5 Comisión de Personal.

B NIVEL REGIONAL

9.0 GERENCIAS REGIONALES

9.1 Sección de Coordinación y Proyectos.

9.2 Sección de Adquisición y Dotación de Tierras.

9.3 Sección de Asentamientos y Desarrollo Campesino.

9.4 Sección Administrativa y Financiera.

10.0 ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION

10.1 Comité Interno de Coordinación.

10.2 Comité Regional de Coordinación Gubernamental.

10.3 Comité Consultivo Regional.

10.4 Junta de Licitaciones y Adquisiciones.

II DE LAS FUNCIONES.

Artículo 2° DE LA JUNTA DIRECTIVA Y LA GERENCIA GENERAL. Las funciones de la Junta Directiva y de la Gerencia General son las establecidas en los Estatutos del Instituto y en las demás disposiciones legales y reglamentarias vigentes.

Artículo 3° DE LA OFICINA DE ASUNTOS LEGALES. Son funciones de esta Oficina:

Artículo 4° DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO. Son funciones de esta Oficina:

3 Hacer el seguimiento de las recomendaciones contenidas en cada uno de sus informes de evaluación.

Artículo 5° DE LA OFICINA DE COMUNICACIONES Y PRENSA. Son funciones de esta Oficina:

Artículo 6° DE LA SECRETARIA GENERAL. Son funciones de la Secretaria General:

Artículo 7° DE LA SUBGERENCIA DE PLANEACION. Son funciones de esta Subgerencia:

Artículo 8° DE LA DIVISION DE PLANES GLOBALES. Son funciones de esta División:

Artículo 9° DE LA SECCION DE PLANEACION Y ANALISIS ECONOMICO. Son funciones de esta Sección:

Artículo 10. DE LA SECCION DE BANCO DE DATOS Y ESTADISTICA. Son funciones de esta Sección:

Artículo 11. DE LA DIVISION DE PROGRAMACION Y SEGUIMIENTO. Son funciones de esta División:

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