Por el cual se deroga el marcado con el número 1566, de fecha 16 de agosto del presente año

Rango Decreto
Publicación 1920-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

Decreta:

Artículo único. Derogase el Decreto número 1566, de fecha 16 de agosto del presente año.

Parágrafo. Los telegramas expedidos por los funcionarios de Instrucción deberán ceñirse, estrictamente a lo dispuesto en los artículos 6º y 10º del Decreto número 795 del año pasado

Comuníquese y Publíquese

Dado en Bogotá, a 10 de diciembre de 1920

MARCO FIDEL SUAREZ - EL Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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