Por el cual se suprimen varios cargos, se fijan unas asignaciones y se crean unos cargos. Ramo de Carreteras Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, suprímese el cargo de Topógrafo Dibujante de la carretera Bolívar Sucre-Jesús María.
Artículo segundo. Suprímese el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga.
Artículo tercero. Suprímese el cargo de Mecanógrafa del Ingeniero Jefe de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto.
Artículo cuarto. Suprímese el cargo de Oficial de Kárdex Mecanógrafo de las obras del montaje del Puente de Girardot.
Artículo quinto. A partir de la fecha del presente Decreto fíjase en doscientos ochenta pesos ($. 280) el sueldo del Secretario de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto.
Artículo sexto. Fíjase en seiscientos cincuenta pesos ($ 650) mensuales el sueldo del Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, encargado de los trabajos de la carretera Tensa-Garagoa y Camino Nacional, del Meta.
Parágrafo. El aumento que se hace en el artículo anterior se pagará con cargo a la partida de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá.
Artículo séptimo. Créase el cargo de Subalmacenista de la carretera Purificación-Colombia, dependiente de la Zona de Carreteras nacionales de Ibagué, con una asignación mensual de doscientos setenta pesos ($ 270).
Artículo octavo. Créase el cargo de Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras Nacionales de Pasto, encargado de la construcción de la carretera Túquerres-Samaniego-Sotomayor, con una asignación mensual de seiscientos cincuenta pesos ($ 650).
Artículo noveno. Suprímese el cargo de Pagador Auxiliar de la Zona de Carreteras Nacionales de Bucaramanga.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1949.
MARIAN O OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernán JARAMILLO OCAMPO
El Ministro de Correos y Telégrafos encargado del Despacho de Obras Públicas,
José Vicente DAVILA TELLO.
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