Por el cual se aprueba el Acuerdo número 033 de mayo 18 de 1983, que establece la estructura orgánica del Instituto de Crédito Territorial y se determinan las funciones de sus dependencias
- h) Tramitar las cuentas de cobro, y verificar con la Sección de Tesorería las disponibilidades de fondos;
- i) Controlar y supervisar la elaboración y envió de las novedades, movimientos y demás reportes a la Casa Principal;
- j) Rendir los informes que le sean solicitados;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Adjudicaciones
Articulo 46. Son funciones de la Sección de Adjudicaciones:
- a) Programar las distintas actividades para la selección de aspirantes de vivienda en los diferentes proyectos construidos por la Regional;
- b) Aplicar los procedimientos y requisitos establecidos en el Manual de Adjudicaciones y Administración de Créditos Para la adjudicación de vivienda;
- c) Elaborar y enviar periódicamente a la División de Créditos de la Casa Principal, los informes sobre tenencia de vivienda en la Regional y coordinar lo correspondiente a su actualización;
- d) Coordinar con la Oficina Jurídica de la Regional el proceso de escrituración de las viviendas adjudicadas;
- e) Rendir los informes que sobre adjudicaciones de vivienda le soliciten;
- f) Liquidar los créditos conforme a las políticas de vivienda;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Contabilidad
Articulo 47. Son funciones de la Sección de Contabilidad:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre el Registro y Control contable del Instituto;
- b) Llevar la contabilidad de la Regional y elaborar los balances respectivos;
- c) Colaborar con la División Financiera en la preparación de los proyectos de presupuesto de gastos de funcionamiento e inversiones;
- d) Coordinar con la División de Contabilidad de la Casa Principal del Instituto, el manejo contable de la Regional y enviar los movimientos contables para su proceso sistematizado;
- e) Rendir los estudios e informes que le sean solicitados;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la dependencia.
Sección de Cartera
Articulo 48. Son funciones de la Sección de Cartera:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre el manejo de la cartera en la Regional;
- b) Elaborar las cuentas de cobro generadas par obligaciones hipotecarias y no hipotecarias;
- c) Llevar el control y registro de los adjudicatarios morosos y presentar los informes correspondientes para agilizar su cobro;
- d) Propugnar en coordinación con la Oficina Jurídica por un mejoramiento permanente del estado de la cobranza judicial y extrajudicial;
- e) Coordinar con la División de Créditos de la Casa Principal lo referente al manejo y control de la cartera y en los movimientos presentados para su proceso sistematizado;
- f) Expedir constancias y certificaciones relacionadas con las obligaciones hipotecarias;
- g) Rendir los informes que le sean solicitados;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Tesorería
Articulo 49. Son funciones de la Sección de Tesorería:
- a) Efectuar los recaudos de la Regional, expedir los recibos correspondientes y elaborar las planillas diarias de caja;
- b) Efectuar los pagos de acuerdo con las disposiciones administrativas y fiscales vigentes;
- c) Manejar las cuentas bancarias;
- d) Manejar y custodiar los diferentes títulos valores y a demás documentos originados en las operaciones financieras que le sean encomendadas;
- e) Rendir los informes qua le sean solicitados;
- f) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Administrativa
Articulo 50. Son funciones de la División Administrativa:
- a) Dirigir, organizar y coordinar todos los aspectos relativos al desarrollo de las actividades de las Secciones que integran la División;
- b) Cumplir y hacer cumplir las políticas, normas y procedimientos sobre la administración de personal del Instituto en la Regional;
- c) Refrendar los actos administrativos que deba suscribir el Director Regional y certificar la representación del mismo en los casos requeridos;
- d) Supervisar, coordinar y controlar la ejecución de los programas de inducción, capacitación y bienestar social para los empleados de la Regional;
- e) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre la administración de los bienes y suministros del Instituto;
- f) Dirigir y controlar los procesos de adquisición, almacenamiento y distribución de elementos en la Regional;
- g) Supervisar y controlar los sistemas de registro, clasificación y tramitación de documentos y de la correspondencia de la Regional;
- h) Velar por el buen mantenimiento de los bienes y equipos de oficina de la Regional;
- i) Supervisar la actualización de los inventarios, del registro de proveedores y los catálogos correspondientes de la Regional;
- j) Rendir los informes que le soliciten en asuntos de su competencia;
- k) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Relaciones Humanas
Articulo 51. Son funciones de la Sección de Relaciones Humanas:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos a que debe sujetarse la selección, evaluación, capacitación, promoción y registro y control del personal;
- b) Cumplir y hacer cumplir en la Regional las normas y procedimientos que sobre salarios y prestaciones rigen para los funcionarios del Instituto;
- c) Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal al servicio de la Regional;
- d) Determinar y desarrollar los programas de inducción, capacitación y de bienestar social para los funcionarios de la Regional;
- e) Elaborar los proyectos de resoluciones sobre las situaciones administrativas de los funcionarios del Instituto en la Regional;
- f) Cumplir y hacer cumplir el reglamento del servicio medico familiar y velar por la oportuna, y eficiente prestación de los servicios a los afiliados;
- g) Atender todo lo relacionado con la Liquidación de prestaciones legales y extralegales de acuerdo con las disposiciones vigentes;
- h) Enviar a la División de Relaciones Humanas de la Casa Principal las distintas novedades que se produzcan sobre el personal de la Regional;
- i) Rendir los informes que le sean solicitados;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Bienes y Servicios
Articulo 52. Son funciones de la Sección de Bienes y Servicios:
- a) Prestar los servicios administrativos de carácter general para el buen funcionamiento de las dependencias de la Regional;
- b) Elaborar la programación anual de compras, en coordinación con las demás dependencias de la Regional para someterlas a la aprobación de la Subgerencia Administrativa;
- c) Tramitar y controlar la adquisición, el almacenamiento y la distribución de los equipos y elementos de Oficina de la Regional;
- d) Prestar el servicio de correspondencia y control de archivos de la Regional:
- e) Organizar el servicio de transporte y velar por el buen funcionamiento de los vehículos a cargo de la Regional;
- f) Llevar y mantener actualizado el registro de proveedores, así como los catálogos de conformidad con las disposiciones y procedimientos sobre la materia;
- g) Efectuar los inventarios de la Regional;
- h) Ejecutar los trabajos de distribución física de las oficinas de la Regional, previo concepto de la Oficina de Organización y Métodos de la Casa Principal;
- i) Rendir los informes que le sean solicitados;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Técnica
Articulo 53. Son funciones de la División Técnica:
- a) Dirigir, organizar y coordinar todos los aspectos relativos al desarrollo de las actividades de las Seccionales que integran la División;
- b) Cumplir y hacer cumplir la política del Instituto en materia de vivienda y desarrollo urbano en la Regional;
- c) Cumplir y hacer cumplir las normas técnicas y administrativas y los procedimientos a que deben sujetarse las contrataciones de las obras que se realicen en la Regional;
- d) Preparar los documentos necesarios para la apertura de licitaciones, concursos de meritos, o contrataciones directas de los proyectos a ejecutarse en la Regional;
- e) Estudiar y conceptuar sobre las propuestas que reciba la Regional, para la ejecución de los planes de vivienda y desarrollo urbano;
- f) Dirigir y coordinar la elaboración de los proyectos urbanísticos de vivienda de la Regional;
- g) Coordinar, supervisar y controlar la ejecución de las obras y el desarrollo de los contratos en la Regional;
- h) Coordinar con otras entidades públicas y con la Subgerencia Técnica, los planes de desarrollo urbano integrado de renovación urbana y habilitación integral de asentamientos y promover convenios para lograr acciones integrales en este campo;
- i) Supervisar los estudios técnicos para la compra, venta o permuta de terrenos;
- j) Controlar y coordinar los asuntos que sobre servicios públicos, terrenos y demás aspectos tenga el Instituto con, los Municipios y empresas públicas;
- k) Estudiar y conceptuar sobre las actas de iniciación y recibo de obras, reajustes, prorrogas, variaciones de obras y precios no previstos y realizar el tramite respectivo para su aprobación;
- l) Supervisar las liquidaciones técnicas de las obras que ejecute la Regional y rendir los informes respectivos para su aprobación en la Casa Principal;
- ll) Realizar los trámites necesarios para la liquidación de los contratos;
- m) Rendir los informes que le sean solicitados;
- n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Proyectos
Articulo 54. Son funciones de la Sección de Proyectos:
- a) Efectuar los estudios preliminares para la ejecución de proyectos;
- b) Elaborar o revisar los diseños arquitectónicos y de ingeniería, calcular cantidades de obras y definir las especificaciones de los proyectos a realizarse en la Regional;
- c) Estudiar, desarrollar y actualizar topologías de agrupaciones de vivienda, servicios comunitarios, comercio e industria.
- d) Ejecutar o supervisar los estudios de suelos, cálculos estructurales, diseño de cimentación, control de calidad y resistencia de materiales necesarios para los nuevos desarrollos, o planes de renovación urbana en la Regional;
- e) Estudiar y evaluar las propuestas que se presenten para los diferentes planes de vivienda que desarrolle la Regional, en los aspectos de su competencia;
- f) Adelantar los tramites ante las entidades distritales o municipales para la aprobación de los proyectos y la nomenclatura respectiva.;
- g) Efectuar los trámites para la entrega de urbanizaciones a las entidades municipales correspondientes;
- h) Efectuar o supervisar los levantamientos topográficos; cálculos, dibujos y realizar la localización y nivelación de los ejes proyectados;
- i) Mantener actualizado el inventario de tierras de la Regional y enviar a la División de Desarrollo Urbano, los informes respectivos para el inventario nacional;
- j) Organizar y mantener actualizada la planoteca de la Regional;
- k) Analizar las solicitudes y documentos presentados por las asociaciones y organizaciones interesadas en obtener préstamos a asesoria para desarrollar programas de vivienda por autoconstrucción;
- l) Rendir los informes que le sean solicitados;
- ll) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia,
Sección de Construcciones
Articulo 55. Son funciones de la Sección de Construcciones:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas técnicas y administrativas y los procedimientos a que deben sujetarse las contrataciones de las obras que se realicen en la Regional;
- b) Estudiar y evaluar las licitaciones y propuestas que se presenten para los diferentes proyectos a ejecutarse en la Regional y producir los informes respectivos;
- c) Controlar el cumplimiento de los contratos y de las especificaciones técnicas estipuladas;
- d) Elaborar las actas de iniciación, avance, recibo y terminación de obras;
- e) Elaborar los informes y conceptuar sobre las prorrogas variaciones de obras y precios no previstos de los proyectos que ejecuten en la Regional;
- f) Realizar la interventoría de las obras que se ejecuten en la Regional y rendir los informes a la División de Supervisión de Obras de la Casa Principal;
- g) Efectuar la liquidación técnica, parcial o definitiva de los proyectos de la Regional y rendir los informes respectivos a la Casa Principal para la fijación del precio de venta de las viviendas;
- h) Calificar y clasificar a los contratistas de acuerdo con las normas vigentes y realizar los trámites para su aceptacion en el Registro Nacional de Contratistas;
- i) Llevar el control de las obras que se ejecutan en la Regional y de la inversión realizada;
- j) Mantener el registro de precios unitarios de materiales y mano de obra de la construcción y suministrar los informes que le soliciten;
- k) Supervisar el desarrollo de las obras que se ejecuten mediante el sistema de autoconstrucción o autogestión;
- l) Rendir los informes que le sean solicitados.
- ll) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la t naturaleza de la dependencia.
Sección de Estudios Sociales
Articulo 56. Son funciones de la Sección de Estudios Sociales:
- a) Ejecutar la política social del Instituto para lograr un desarrollo integral de los planes de vivienda;
- b) Realizar en coordinación con la División de Investigaciones y Estudios Sociales de la Casa Principal, las investigaciones socio-económicas de los distintos grupos familiares que integran los núcleos de población donde el Instituto desarrolle planes de vivienda;
- c) Realizar y coordinar con la División de Investigaciones y Estudios Sociales, los estudios sobre necesidades de vivienda en distintas zonas de la región como base para el desarrollo de proyectos urbanísticos y de vivienda;
- d) Coordinar planes de acción con otros organismos de la región que estén directamente relacionados con la problemática social y estructural de la vivienda;
- e) Promover actividades cívicas, culturales y artesanales en las comunidades;
- f) Promover la vinculación de las comunidades a los planes del Instituto;
g.) Elaborar la ficha socio-económica de los aspirantes preseleccionados para la adjudicación de vivienda;
- h) Efectuar investigaciones sobre deudores morosos, tenencia de vivienda, subrogaciones, problemas comunales y colaborar en las campañas de recuperación de la cartera morosa;
- i) Rendir los informes que le sean solicitados;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones
Articulo 57. La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:
- a) El Director Regional, quien la presidirá;
- b) El Jefe de la Oficina Jurídica;
- c) El Jefe de la División Administrativa;
- d) El Jefe de la División Técnica;
- e) El Jefe de la División Financiera.
Actuará Como Secretario de la Junta el Jefe de la Sección de Bienes y Servicios.
La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá sus funciones, de conformidad con las disposiciones y procedimientos sobre la materia.
Regionales de Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Cesar, Córdoba, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Sucre y Tolima.
Articulo 58. Las Regionales de Bolívar, Boyacá, Caldas, Cauca, Cesar, Córdoba, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Sucre y Tolima, cumplirán las funciones a través de las dependencias para ellas previstas en el artículo 1° del Presente Acuerdo.
Oficina Jurídica
Articulo 59. Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Asistir y asesorar a la Dirección y a las demás dependencias en los asuntos jurídicos relacionados con el Instituto en la. Regional;
- b) Revisar, analizar y conceptuar en los aspectos jurídicos y legales de los proyectos de licitaciones y contratos que se tramiten y celebren en la Regional;
- c) Efectuar la escrituración de las viviendas adjudicadas;
- d) Preparar las minutas especiales de contratos que se requieran en la Regional y someterlas a la aprobación de la Subgerencia Jurídica;
- e) Ejercer la Secretaria del Consejo Asesor Regional y coordinar con la Subgerencia Jurídica todos los aspectos de carácter jurídico que sean necesarios;
- f) Revisar y conceptuar desde el punto de vista legal sobre los proyectos de actos administrativos que debe suscribir el Director Regional;
- g) Actuar en aquellos procesos judiciales en representación del Instituto cuando así lo determine la Subgerencia Jurídica;
- h) Controlar y agilizar la cobranza judicial y extrajudicial de las obligaciones hipotecaras de la Regional, en coordinación con la Sección de Cartera;
- i) Tramitar la liquidación de los honorarios y gastos y expedir autorizaciones para el recibo de pagos a los deudores morosos en juicio;
- j) Emitir conceptos sobre los aspectos de orden legal que le soliciten las dependencias de la Regional;
- k) Mantener actualizadas las normas legales relacionadas con el Instituto;
- l) Rendir los informes que le soliciten;
- ll) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Administrativa y Financiera
Articulo 60. Son funciones de la División Administrativa y Financiera:
- a) Dirigir, organizar y coordinar todos los aspectos relativos al desarrollo de las actividades de las secciones que integran la División;
- b) Cumplir y hacer cumplir las políticas, disposiciones y procedimientos sobre administración de personal del Instituto en la Regional;
- c) Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre la administración y control financiero del Instituto;
- d) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos establecidos para la adquisición de bienes y suministros del Instituto;
- e) Refrendar los altos administrativos que deba suscribir la Regional y certificar la representación del mismo en los casos requeridos;
- f) Dirigir y controlar los procesos de adquisición, almacenamiento y distribución de elementos en la Regional;
- g) Manejar y coordinar todas las operaciones de cartera, contabilidad, tesorería y adjudicaciones y producir los informes sobre la materia que le soliciten;
- h) Elaborar el proyecto de presupuesto de gastos e inversiones donde de la Regional, en coordinación con la Oficina de planeación y la Subgerencia Financiera;
- i) Llevar el control en el manejo de fondos conforme al presupuesto aprobado a nivel nacional;
- j) Preparar los proyectos mensuales de gastos e inversiones;
- k) Tramitar las cuentas de cobro y verificar con el Tesorero las disponibilidades de fondos;
- l) Supervisar la ejecución presupuestal, la contabilidad, el recaudo y manejo de recursos de la Regional;
- ll) Controlar y supervisar la elaboración y envió de las novedades, movimientos y demás reportes a la Casa Principal
- m) Rendir los informes que se le soliciten;
- n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Adjudicaciones
Articulo 61. Son funciones de la Sección de Adjudicaciones:
- a) Programar las distintas actividades para la selección de aspirantes de vivienda en los diferentes proyectos construidos por la Regional;
- b) Aplicar los procedimientos y requisitos establecidos en el Manual de Adjudicaciones y Administración de Créditos para la adjudicación de vivienda;
- c) Elaborar y enviar periódicamente a la División de Créditos de la Casa Principal los informes sobre tenencia de vivienda y coordinar lo correspondiente a su actualización;
- d) Coordinar con la Oficina Jurídica de la Regional el proceso de escrituración de las viviendas adjudicadas;
- e) Suministrar los informes que sobre adjudicaciones de vivienda le soliciten;
- f) Liquidar los créditos, conforme a las políticas de vivienda;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Contabilidad y Cartera
Articulo 62. Son funciones de la Sección de Contabilidad y Cartera:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos sobre el registro y control contable del Instituto en la Regional;
- b) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos sobre el manejo de la Cartera del Instituto;
- c) Llevar la Contabilidad de la Regional y elaborar los balances respectivos;
- d) Coordinar con las Divisiones de Contabilidad y de Créditos de la Casa Principal, el manejo de la contabilidad y de la cartera; elaborar y enviar los movimientos y demás reportes para su proceso sistematizado;
- e) Propugnar en coordinación con la Oficina Jurídica, por un mejoramiento permanente del estado de la cobranza judicial y extrajudicial;
- f) Elaborar las cuentas de cobro generadas por obligaciones hipotecarias y no hipotecarias;
- g) Colaborar con la División Financiera y Administrativa en la preparación de los proyectos de presupuesto de gastos de funcionamiento e inversiones;
- h) Llevar el control y registro de los adjudicatarios morosos y presentar los informes de dicha cartera para su cobro;
- i) Rendir los informes que le soliciten;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección Administrativa
Articulo 63. Son funciones de la Sección Administrativa:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos a que debe sujetarse la selección, evaluación, capacitación, promoción, registro y control del personal del Instituto en la Regional;
- b) Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal al servicio de la Regional;
- c) Atender todo lo relacionado con las liquidaciones de sueldos y prestaciones sociales en coordinación con la División de Relaciones Humanas de la Casa Principal;
- d) Elaborar los proyectos de resoluciones sobre las diferentes situaciones administrativas de los funcionarios del Instituto en la Regional;
- e) Elaborar y enviar a la División de Relaciones Humanas de la Casa Principal, las novedades que se produzcan sobre el personal de la Regional;
- f) Prestar los servicios administrativos de carácter general para el buen funcionamiento de las dependencias de la Regional;
- h) Elaborar la programación anual de compras en coordinación con las demás dependencias de la Regional y someterla a la aprobación de la Subgerencia Administrativa;
- i) Tramitar y controlar la adquisición, el almacenamiento y la distribución de los equipos y elementos de oficina de la Regional;
- j) Llevar y mantener actualizado el registro de proveedores y los catálogos correspondientes, de conformidad con las normas y procedimientos sobre la materia;
- k) Efectuar los inventarios de la Regional;
- I) Rendir los informes que le soliciten;
- m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Técnica
Articulo 64. Son funciones de la División Técnica:
- a) Dirigir, organizar y coordinar todos los aspectos relativos al desarrollo de las actividades de las secciones que integran la División;
- b) Cumplir y hacer cumplir las políticas del Instituto en materia de vivienda y desarrollo urbano en la Regional;
- c) Cumplir y hacer cumplir las normas técnicas y administrativas y los procedimientos a que deben sujetarse las contrataciones de las obras que se realicen en la Regional;
- d) Preparar los documentas necesarios para la apertura de licitaciones, concurso de meritos, o contrataciones directas de los proyectos a ejecutarse en la Regional;
- e) Estudiar y conceptuar sobre las propuestas qua reciba la Regional para la ejecución de los planes de vivienda y desarrollo urbano;
- f) Dirigir y coordinar la elaboración de los proyectos urbanísticos de vivienda de la Regional;
- g) Coordinar, supervisar y controlar la ejecución de las obras y el desarrollo de los contratos en la Regional;
- h) Coordinar con otras entidades públicas y con la Subgerencia. Técnica, los planes de desarrollo urbano integrado, de renovación urbana y habilitación integral de asentamientos y promover convenios para lograr acciones integrales en este campo;
- i) Supervisar los estudios técnicos para la compra, venta o permuta de terrenos;
- j) Controlar y coordinar los asuntos que sobre servicios públicos, terrenos y demás aspectos tenga el Instituto con los municipios y empresas públicas;
- k) Estudiar y conceptuar sobre las actas de iniciación y recibo de obras, reajustes, prorrogas, variaciones de obra y precios no previstos y realizar el trámite respectivo para su aprobación;
- l) Supervisar las liquidaciones técnicas de las obras que ejecute la Regional y rendir los informes respectivos para su aprobación en la Casa Principal;
- ll) Realizar los trámites necesarios para la liquidación de los contratos;
- m) Rendir los informes que le soliciten;
- n) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Proyectos y Construcciones
Articulo 65. Son funciones de la Sección de Proyectos y Construcciones:
- a) Elaborar y revisar los diseños arquitectónicos y de ingeniería, calcular cantidades de obras y definir especificaciones de los proyectos a realizarse en la Regional;
- b) Preparar la programación cronológica y presupuestal de las obras;
- c) Estudiar y evaluar las licitaciones y propuestas que se presenten a la Regional y producir los informes respectivos;
- d) Calificar y clasificar a los contratistas de acuerdo con las normas vigentes y realizar los trámites para su aceptación;
- e) Controlar el cumplimiento de los contratos y de las especificaciones técnicas estipuladas;
- f) Elaborar las actas de iniciación, avance, recibo y terminación de obras;
- g) Elaborar los informes y conceptuar sobre las prorrogas, variaciones de obra y precios no previstos de los proyectos que se ejecuten en la Regional;
- h) Realizar la interventoría de las obras que se ejecuten en la Regional y rendir los informes a la División de Supervisión de Obras de la Casa Principal;
- i) Organizar y mantener actualizada la planoteca de la Regional;
- j) Efectuar los trámites para la entrega de urbanizaciones a las entidades municipales correspondientes;
- k) Efectuar o supervisar los levantamientos topográficos, cálculos, dibujos y realizar la localización y nivelación de los ejes proyectados;
- l) Efectuar los estudios y rendir los informes respectivos, sobre los terrenos ofrecidos en venta a la Regional y llevar el inventario de los terrenos de propiedad del Instituto en la Regional;
- ll) Analizar las solicitudes y documentos presentados por las asociaciones interesadas en obtener prestamos o asesoria para desarrollar programas de vivienda por autoconstrucción y supervisar el desarrollo de las obras;
- m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Estudios Sociales
Articulo 66. Son funciones de la Sección de Estudios Sociales:
- a) Ejecutar la política social del Instituto para lograr un desarrollo integral de los planes de vivienda;
- b) Realizar en coordinación con la División de Investigaciones de la Casa Principal, las investigaciones socio-económicas de los distintos grupos familiares que integran los núcleos de población donde el Instituto desarrolle planes de vivienda;
- c) Realizar en coordinación con la División de Investigaciones los estudios sobre necesidades de vivienda en distintas zonas de la región como base para el desarrollo de proyectos urbanísticos y de vivienda;
- d) Coordinar planes de acción con otros organismos de la región que estén directamente relacionados con la problemática social y estructural de la vivienda;
- e) Promover actividades cívicas, culturales y artesanales en las comunidades;
- f) Promover la vinculación de las comunidades a los planes del Instituto;
- g) Elaborar la ficha socio-económica de los aspirantes preseleccionados para la adjudicación de vivienda;
- h) Efectuar investigaciones sobre deudores morosos, tenencia de vivienda, subrogaciones, problemas comunales y colaborar en las campañas de recuperación de la cartera morosa;
- i) Presentar los informes que le soliciten;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones
Articulo 67. La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:
- a) El Director Regional, quien la presidirá;
- b) El Jefe de la Oficina Jurídica;
- c) El Jefe de la División Administrativa y Financiera;
- d) EI Jefe de la División Técnica.
Actuará como Secretario de la Junta el Jefe de la Sección Administrativa.
La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá sus funciones de conformidad con las disposiciones y procedimientos sobre la materia.
Regionales de: Caquetá; Choco, Guajira, San Andrés y Providencia.
Articulo 68. Las Regionales de Caquetá; Choco, Guajira y San Andrés y Providencia, cumplirán sus funciones a través de las dependencias para ellas previstas en el artículo 1° del presente Acuerdo.
Sección Administrativa y Financiera
Articulo 69. Son funciones de la Sección Administrativa y Financiera:
- a) Llevar los registros y el control de personal al servicio del Instituto en la Regional;
- b) Refrendar los actos administrativos que deba suscribir el Director de la Regional y certificar la representación del mismo en los casos requeridos;
- c) Controlar el manejo de fondos conforme al presupuesto aprobado para el Instituto;
- d) Manejar y coordinar todas las operaciones de cartera, contabilidad, tesorería y adjudicaciones y producir los informes sobre la materia que le soliciten;
- e) Preparar los proyectos mensuales de ordenación de gastos e inversiones;
- f) Supervisar la ejecución presupuestal, la contabilidad y el recaudo y manejo de recursos de la Regional;
- g) Velar por la oportuna prestación de los servicios administrativos;
- h) Tramitar la adquisición de equipos, elementos y materiales, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia;
- i) Rendir los informes financieros y administrativos que le soliciten;
- j) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección Técnica
Articulo 70. Son funciones de la Sección Técnica:
- a) Coordinar, supervisar y controlar la ejecución de las obras y el desarrollo de los contratos en la Regional;
- b) Efectuar estudios técnicos para la compra, venta o permuta de los terrenos y otros inmuebles;
- c) Estudiar y conceptuar sobre las actas de iniciación y recibo de obras, reajustes, prorrogas, variaciones de obra y precios no previstos;
- d) Coordinar con otras entidades públicas y con la Subgerencia Técnica los planes de desarrollo urbano integrado, de renovación urbana y habilitación integral de asentamientos y promover convenios para lograr acciones integrales;
- e) Tramitar y coordinar can la Casa Principal todos los asuntos que se requieran para la ejecución y desarrollo de los proyectos de la Regional;
- f) Rendir los informes que le sean solicitados;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones
Articulo 71. La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones estará integrada por:
- a) El Director Regional, quien la presidirá;
- b) El funcionario de la Regional que desarrolle las actividades de apoyo jurídico en la misma;
- c) El Jefe de la Sección Administrativa y Financiera;
- d) El Jefe de la Sección Técnica;
Actuará como Secretario de la Junta el Jefe de la Sección Administrativa y Financiera.
La Junta Regional de Licitaciones y Adquisiciones cumplirá sus funciones de conformidad con las disposiciones y procedimientos sobre el particular.
Regional Especial de Urbanizaciones Intervenidas
Articulo 72. La Regional Especial de Urbanizaciones Intervenidas cumplirá, sus funciones a través de las dependencias para ella previstas en el artículo 1° del presente Acuerdo.
Dirección
Articulo 73. Son funciones de la Dirección:
- a) Dirigir, coordinar y vigilar todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actuaciones que le corresponden al Instituto de Crédito Territorial, en los casos que se constituya como Agente Especial del Superintendente Bancario, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 66 de 1968 y el Decreto 2610 de 1979;
- b) Adelantar todas las acciones que prevén las Leyes 45 de 1923, 66 de 1968 y demás disposiciones concordantes, cuando el Instituto se constituya como Agente Especial del Superintendente Bancario, para la administración o liquidación de firmas o negocios dedicados a la enajenación de inmuebles destinados a vivienda;
- c) Asesorar al Superintendente Bancario, cuando este lo solicite, en todos los aspectos relacionados con la construcción de vivienda y urbanización de terrenos y presentar los informes correspondientes;
- d) Supervisar y controlar los gastos e inversiones que se efectúen y las obras que se adelanten con cargo a los presupuestos de las firmas intervenidas;
- e) Dirigir la ejecución y ejercer el control del presupuesto de la Regional, autorizar los desembolsos, de conformidad con los acuerdos mensuales de gastos y rendir los informes correspondientes;
- f) Coordinar con la Subgerencia Administrativa de la Casa Principal del Instituto todo lo relacionado con la adquisición de materiales, vehículos, equipos, elementos de consumo y bienes inmuebles para uso administrativo;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficina Jurídica
Articulo 74. Son funciones de la Oficina Jurídica:
- a) Ejecutar todas las etapas legales del proceso de liquidación o posesión de las personas jurídicas o de los negocios de las personas naturales intervenidas por la Superintendencia Bancaria de acuerdo con lo establecido en las Leyes 45 de 1923, 66 de 1968 y demás normas vigentes;
- b) Promover las acciones correspondientes ante el Juez del Circuito del domicilio de la persona sometida al proceso de liquidación, de acuerdo con la Ley 66 de 1968 y demás normas concordantes;
- c) Legalizar ante las autoridades competentes del respectivo municipio o del Distrito Especial las urbanizaciones intervenidas;
- d) Elaborar los contratos, minutas, pólizas y demás documentos necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas por la ley; velar porque su legalización se efectué dentro de los términos señalados por las normas que rigen esta materia;
- e) Adelantar el estudio y saneamiento de títulos, emitir los conceptos correspondientes y ejecutar el proceso de escrituración;
- f) Coordinar todo lo relacionado con la cobranza judicial;
- g) Llevar y mantener actualizado el archivo de escrituras y contratos;
- h) Preparar y rendir los informes que le sean solicitados en los asuntos de su competencia;
- i) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la a naturaleza de la dependencia.
Grupo de Revisoría Interna
Articulo 75. Son funciones del Grupo de Revisoría Interna:
- a) Velar permanentemente por el adecuado manejo y conservación de los bienes en poder de la Regional;
- b) Efectuar permanente vigilancia sobre el movimiento del efectivo mediante procedimientos que permitan establecer su control y la veracidad de los saldos reflejados;
- c) Realizar visitas de inspección a los almacenes o depósitos de materiales y elementos, con el fin de establecer si las existencias físicas corresponden a los registros de kardex y saldos de balance respectivos;
- d) Intervenir directamente en el control de los ingresos y egresos en general, exigiendo informes de los estudios de cartera, de inmuebles, de cada firma intervenida con el fin de llevar una evaluación mensual;
- e) Velar por el estricto cumplimiento de los procedimientos y requisitos legales, para la entrega y recibo de cada firma;
- f) Rendir los informes que le sean solicitados;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Administrativa y Financiera
Articulo 76. Son funciones de la División Administrativa y Financiera:
- a) Asesorar al Director en los asuntos de orden administrativo y financiero de las firmas o negocios intervenidos;
- b) Dirigir y coordinar las operaciones de contabilidad, cartera y tesorería y producir los informes que le soliciten;
- c) Dirigir la elaboración del presupuesto de las firmas intervenidas y supervisar su ejecución;
- d) Controlar el manejo de los fondos de las firmas o negocios intervenidos a nivel nacional y rendir los informes correspondientes;
- e) Preparar los proyectos mensuales de gastos e inversiones;
- f) Someter a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria los informes, balances, libros y documentos de las firmas o negocios intervenidos;
- g) Colaborar en el recibo y entrega de las firmas o negocios intervenidos, de acuerdo con las normas sobre la materia;
- h) Dirigir, coordinar y controlar al personal en el desempeño de las funciones asignadas y en el desarrollo de los programas de trabajo;
- i) Llevar los registros, el control y las estadísticas del personal de la Regional y preparar las providencias y novedades que se causen en desarrollo de la administración del personal;
- j) Hacer cumplir las normas que regulan las relaciones entre el personal y la entidad;
- k) Dirigir y controlar los procesos de adquisición, almacenamiento y distribución de elementos en la Regional;
- l) Dirigir la administración de inventarios de elementos devolutivos y de consumo;
- ll) Rendir los informes que le sean solicitados;
- m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la de naturaleza de la dependencia.
Sección de Contabilidad
Articulo 77. Son funciones de la Sección de Contabilidad:
- a) Llevar la contabilidad de la Regional y elaborar los balances y estados respectivos;
- b) Actualizar y conformar los balances, anexos y estados de pérdidas y ganancias de las firmas o negocios intervenidos, en desarrollo de la Ley 66 de 1968 y demás disposiciones sobre la materia;
- c) Elaborar los comprobantes de contabilidad e imputar a las cuentas conforme al plan y normas contables;
- d) Llevar los registros y libros prescritos por la ley y los archivos de todos los documentos y balances contables;
- e) Someter a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y de la Revisoría Interna, los balances, comprobantes, estados, libros mayores y auxiliares y los demás informes que sean requeridos;
- f) Colaborar en la preparación de los proyectos de presupuestos de cada una de las firmas o negocios intervenidos;
- g) Colaborar con la División Administrativa y Financiera en la elaboración del acuerdo mensual de gastos;
- h) Rendir los informes que le sean solicitados;
- i) Las demás que he sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Cartera
Artículo 78. Son funciones de la Sección de Cartera:
- a) Cumplir y hacer cumplir las normas y los procedimientos establecidos para el manejo de la cartera de las firmas o negocios intervenidos;
- b) Liquidar y contabilizar los créditos concedidos y controlar los pagos o depósitos recibidos, mediante registros individuales;
- c) Controlar el estado de la Cartera de las firmas intervenidas y rendir los informes para las actuaciones que sean del caso, en coordinación con la Oficina Jurídica;
- d) Llevar el inventario sobre tenencia y titulación de las viviendas de las urbanizaciones intervenidas en coordinación, con la Oficina Jurídica;
- e) Someter a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, los informes y asuntos que le sean requeridos;
- f) Rendir los informes que le soliciten;
- g) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Sección de Tesorería
Articulo 79. Son funciones de la Sección de Tesorería:
- a) Manejar y controlar las cuentas bancarias de ingresos y egresos;
- b) Situar los fondos a las unidades de administración de urbanizaciones, de conformidad con los presupuestos mensuales;
- c) Recibir los pagos y expedir los recibos de caja correspondientes;
- d) Manejar y custodiar los títulos valores y demás documentos de las firmas intervenidas que le sean entregados;
- e) Rendir diariamente a la División Administrativa y Financiera y a la Revisoría Interna del estado a boletín de Caja y Bancos;
- f) Formular las cuentas de cobro a favor de la Regional por conceptos de reembolsos de gastos de administración y funcionamiento;
- g) Rendir los informes que le sean solicitados;
- h) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
División Técnica
Articulo 80. Son funciones de la División Técnica:
- a) Asesorar al Director en todo lo relacionado con los asuntos de orden técnico de las firmas o negocios intervenidos;
- b) Recibir por medio de inventario físico las firmas o negocios intervenidos;
- c) Elaborar o revisar los diseños de arquitectura e ingeniería, calcular cantidades de obras y definir las especificaciones de los proyectos;
- d) Estudiar, revisar y emitir concepto sobre los plazos, presupuestos y especificaciones para la construcción de viviendas y la urbanización de terrenos;
- e) Coordinar con las entidades distritales y municipales los tramites que requieran los planes o programas urbanísticos en vía de aprobación;
- f) Efectuar el inventario de las obras ejecutadas en la intervención;
- g) Tramitar las licencias y dotación de servicios con las entidades municipales o distritales;
- h) Elaborar las actas de iniciación y recibo de obras, reajustes, prorrogas, variaciones de obras y precios no previstos;
- i) Controlar el cumplimiento de los contratos y de las especificaciones técnicas estipuladas;
- j) Realizar en los casos que se requiera, la interventoría de las obras y rendir los informes correspondientes;
- k) Elaborar y controlar la programación de las obras;
- l) Efectuar los levantamientos topográficos y de loteo que sean requeridos;
- ll) Organizar y mantener actualizada la planoteca de las urbanizaciones intervenidas;
- m) Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Oficinas de Girardot, Territorios Nacionales, Tumaco, Leticia, Barrancabermeja, Buenaventura y Zona Sur Oriental de Cartagena
Articulo 81. Las Oficinas de Girardot, Territorios Nacionales, Tumaco y Leticia dependerán jerárquicamente de la Gerencia General del Instituto; las demás oficinas estarán adscritas a la Regional respectiva, teniendo en cuenta su ubicación territorial.
La Junta. Directiva, determinará, el ámbito geográfico de las Oficinas.
Articulo 82. Son funciones de las Oficinas:
- a) Dirigir, coordinar y organizar el desarrollo de la actividad de la oficina;
- b) Cumplir y hacer cumplir las políticas, planes y programas que deba desarrollar la oficina;
- c) Tramitar y coordinar con la Casa Principal o la Regional respectiva, todos los asuntos que se requieran para el buen funcionamiento y desarrollo de los programas;
- d) Promover, dirigir y coordinar las relaciones del Instituto con las entidades de la región que desarrollen objetivos similares;
- e) Dirigir y controlar la ejecución presupuestal, la contabilidad y el recaudo y manejo de los recursos de la oficina;
- f) Autorizar los gastos y ordenar los pagos en concordancia con las normas vigentes;
- g) Dirigir, coordinar y controlar los programas de adjudicación de vivienda y administración de los créditos, conforme a las normas y procedimientos sobre la materia;
- h) Elaborar la programación de la oficina de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Oficina de Planeación;
- i) Llevar el control de la ejecución de las obras de urbanismo y construcción de viviendas y tramitar con la Casa Principal los ajustes de precios, obras adicionales y solicitudes de prórroga de los contratos;
- j) Rendir los informes que le sean solicitados;
- k) Las demás que le sean, asignadas y corresponda la naturaleza de la dependencia.
Oficina de Girardot
Articulo 83. La Sección Administrativa y Financiera y la Sección Técnica de la Oficina de Girardot cumplirán las funciones establecidas en los artículos 69 y 70 del presente Acuerdo.
Junta de Licitaciones y Adquisiciones
Articulo 84. La Junta de Licitaciones y Adquisiciones de Girardot estará integrada por:
- a) El Jefe de la Oficina;
- b) El funcionario de la Oficina que desarrolle las actividades de apoyo jurídico en la misma;
- c) El Jefe de la Sección Administrativa y Financiera;
- d) El Jefe de la Sección Técnica.
Asistirá, como Secretario de la Junta el funcionario que determine el Jefe de la Oficina.
La Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Oficina de Girardot, cumplirá sus funciones de conformidad con las disposiciones y procedimientos sobre la materia.
Articulo 85. En cada Regional y en las Oficinas de Girardot, Territorios Nacionales, Tumaco y Leticia, funcionara un Consejo o Comité Asesor Regional, según el caso, creado y organizado por la Junta Directiva y cuyos miembros sean nombrados y removidos libremente por el Gerente General.
Artículo 86. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarías, en especial los Acuerdos 064 y 065 de 1980 y 027 de 1983, emanados de la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogota, a 18 de mayo de 1983.
La Presidenta de la Junta Directiva, Viceministra de Desarrollo Económico,
Amparo Vega Montoya.
El Secretario de la Junta Directiva,
Alirio Caycedo Gutierrez».
Articulo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogota, a 1º de agosto de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Desarrollo Económico,
Roberto Gerlein Echeverría.
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