Por medio del cual se adiciona el Decreto número 2159 de diciembre 5 de 1940

Rango Decreto
Publicación 1940-12-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 1" de la Ley 45 de 1940,

DECRETA:

Artículo único. Exceptúase de la obligación de presentar la licencia de importación a que se refiere el artículo único del Decreto número 2159, a aquellas mercancías que por razón de su valor no requieran, conforme a la Ley, el requisito de factura consular.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito- Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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