Por el cual se señala una partida de gastos a un Consulado Honorario

Rango Decreto
Publicación 1932-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde la fecha, señálase al Consulado honorario de la República en Puerto España (Trinidad), la suma de ciento cincuenta pesos ($ 150) mensuales para gastos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1932.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

R. URDANETA ARBELAEZ

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