Por lo cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Policía Nacional), por $ 57.150.845.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1°. Del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de Decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos; Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al presupuesto de gastos de la Policía Nacional para la vigencia fiscal en curso por un total de $57.150.845 financiados con el producto de la cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia de 1971;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 9 de 1972 por $192.898.151.18, de los cuales se utilizan $57.150.845.00 para financiar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cincuenta y siete millones ciento cincuenta mil ochocientos cuarenta y cinco pesos ($57.150.845.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 9 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTA E INGRESOS
Capítulo XV
Recursos del Balance del Tesoro
| Numeral 171. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de la vigencia fiscal de 1971, con base en recursos ordinarios | 57.150.845.00 | |
|---|---|---|
| Suma el recurso | $ | 57.150.845.00 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Policía Nacional
Capítulo 191
Policía Nacional
Programa 201
Dirección General
Servicios personales
| 102, 131, 117. Artículo 1955. Prima de Navidad | 3.117.375.00 | |
|---|---|---|
Programa 202
Servicios Policiales
Servicios personales
| 101, 132, 103. Artículo 1964. Sueldos del personal de nómina | 10.820.455.00 | |
|---|---|---|
| 102, 132, 117. Artículo 1965. Prima de Navidad | 37.942.066.00 |
Programa 203
Capacitación de Personal
Subprograma 1. Escuela "General Santander".
Servicios personales
| 102, 317, 117. Artículo 1978. Prima de Navidad | 301.000.00 | |
|---|---|---|
Subprograma 2. Escuela "Gonzalo Jiménez de Quesada".
Servicios personales
| 102, 317, 117. Artículo 1987. Prima de Navidad | 244.017.00 | |
|---|---|---|
Subprograma 3. Escuelas de Formación de Agentes.
Servicio personales
| 101, 317, 103. Artículo 1992. Sueldos del personal de nómina | 3.250.000.00 | |
|---|---|---|
Programa 204
Sanidad y Asistencia Social
Servicios personales
| 101, 352, 103. Artículo 1995. Sueldos del personal de nómina | 547.250.00 | |
|---|---|---|
| 102, 352, 117. Artículo 1997. Prima de Navidad | 462.985.00 |
Transferencias
| 201, 332, 401. Artículo 2004. Pensiones de invalidez | 425,000.00 | |
|---|---|---|
Programa 205
Formulación, ejecución y control del Presupuesto
Servicios personales
| 102, 111, 117. Artículo 2006. Prima de Navidad | 40.697.00 | |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ | 57.150.845.00 |
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de noviembre de 1972.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RODRIGO LLORENTE MARTINEZ.
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