Por el cual se destina una suma para fomentar el cultivo del arroz en el Departamento de Bolívar

Rango Decreto
Publicación 1939-11-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo 1° Destínase la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000-00) para atender a los gastos que demande la campaña de fomento y divulgación del cultivo del arroz en el Departamento de Bolívar, suma ésta que se invertirá en instalación de campos de multiplicación de semillas, montaje de máquinas clasificadoras, construcción de edificios y bódegas para el beneficio del grano, compra de materiales, pago de jornales y transportes, compra de combustibles y empaques y, especialmente, en la compra de semillas para cambiar a los agricultores por seleccionada de primera calidad.
Articulo 2° Esta suma se girará por partes iguales a las Recaudaciones de Hacienda Nacional de Magangué y Montería, respectivamente, a la orden de los correspondientes agrónomos de zonas de la campaña de arroz, señores Alberto Nanclares y Luis Matías Vuelvas para que éstos hagan, los gastos y compras para que ha sido destinada la suma, previa presentación de cuentas y comprobantes del caso, visadas por ellos y por los Alcaldes de cada una de estas dos poblaciones.
Articulo 3° El gasto que demande el cumplimiento de este Decreto se imputará al capítulo 42, artículo 239 del Presupuesto de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de noviembre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de la Economía Nacional,

Jorge GARTNER

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