Por el cual se hace un traslado dentro del presupuesto de la vigencia actual
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en vista de la aprobación dada por el honorable Consejo de Ministros al traslado pedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Hágase en el Presupuesto de la presente vigencia, el siguiente traslado:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
| Del capitulo 20, artículo 255, Demarcación de Límites, la suma de | $ 20,000 |
|---|---|
a los siguientes:
| Al capítulo 19, articulo 244, sueldos diplomáticos | 6,000 |
|---|---|
| Al capitulo 19, artículo 244-A. Para pagar al señor Rafael Bernal Jiménez sus sueldos de noviembre y diciembre de 1931, reintegrados por el Cónsul en Londres al Tesoro Nacional por no haber sido cubiertos al interesado antes del año de 1932, a razón de $ 400 mensuales | 800 |
| Al capítulo 19, artículo 245. | |
| Sueldos consulares | 7,000 |
| Al capitulo 19 artículo 245-A. Para pagar al señor doctor Alfonso Paláu el completo de sus sueldos como Cónsul General de la República en Londres | 1,000 |
| Al capítulo 19, artículo 245-B. Para pagar al señor Eduardo Ortiz Borda su sueldo en viaje de ida como Cónsul de Colombia en El Havre | 400 |
| Al capítulo 19 artículo 247. Viaticos diplomáticos | 2,990 |
| Al capítulo 19. artículo 247-A. Para pagar al señor doctor Abel Casabianca el completo de sus viáticos de regreso al país como Ministro Plenipotenciario de Colombia en Bélgica. | 1,000 |
| Al capitulo 19, artículo 248-B. pagar a la señora María Castro viuda de Payan los viáticos de regreso al país de su finado esposo el doctor Jenaro Payán en su carácter de Cónsul General de la República en Nueva York. | 800 |
| Al capitulo 21, artículo 257. Gastos de representación del Secretario del Ministerio, del .Jefe y del Subjefe del Protocolo | 10 |
| Suma igual a la trasladada. | $ 20,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1932.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
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