Por el cual se suprime un cargo dependiente del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que por medio del Decreto número 2000, del 11 de junio del corriente año, se adscribieron las funciones del interventor del Ferrocarril Troncal de Occidente, Sector de Antioquia, a la Interventoría de las Carreteras Nacionales que se construyen por contrato en el Departamento de Antioquia, lo que hace innecesario dicho cargo,
DECRETA :
Artículo único. Suprímese el cargo de Ingeniero Interventor del Ferrocarril Troncal de Occidente, Sector de Antioquia, dependiente del Ministerio de Obras Públicas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1° de julio de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
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