Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1938-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Con cargo al artículo 258, capítulo 47 dé la Ley de Apropiaciones vigente, destínase la cantidad de seiscientos pesos ($ 600) para acabar de pagar los gastos de alimentación habidos en el Instituto Pedagógico Nacional en el presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 18 de diciembre de 1937.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

José Joaquín CASTRO M

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