Por el cual se adicional el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia, en la cantidad de $ 2.132.407.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto número 1755 y 1757 del 19 de julio' de 1979, se adicionó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Ministerio de Obras Públicas y Transporte de la actual vigencia, en la cantidad de $ 2.13.2.407.000 (dos mil ciento treinta y dos millones cuatrocientos siete mil pesos) moneda corriente.
Que dicha partida se debe incorporar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979, de conformidad con disposiciones legales vigentes.
Que se han cumplido los requisitos, legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Ingresos del Pondo Vial Nacional para la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de $ 2.132.407,000 (dos mil ciento treinta y dos millones cuatrocientos siete mil pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35359 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 13.
Artículo 2° Con base en el Recurso de que trata el artículo, ádicionase el Presupuesto de Gastos del Fondo Víal Nacional de la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de $ 2.132.407.000 (dos mil ciento treinta y dos millones cuatrocie3ntos siete mil pesos) moneda corriente, de acierdo con la siguiente distribución:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35359 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 13.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá D. E.. a 5 de septiembre de 1979.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Párra.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Enrique Vargas Ramírez.
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